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La plaza de San Pedro del Vaticano, llena de peregrinosCathopic

El Vaticano dice que una persona trans puede ser padrino de bautizo si no hay «riesgo de escándalo»

También afirma que los niños o adolescentes que experimentan problemas de naturaleza transexual también pueden recibir el Bautismo «si están bien preparados y dispuestos»

Las personas transexuales, incluso si han sido sometidas a un tratamiento hormonal o a una cirugía de reasignación de sexo, pueden recibir el bautismo «si no existen situaciones en las que exista riesgo de generar escándalo público o desorientación entre los fieles», según el Dicasterio para la Doctrina de la Fe (DDF) firmado en una respuesta firmada por el Prefecto Víctor Fernández y aprobado por el Papa Francisco en la audiencia del 31 de octubre.

Del mismo modo, las personas transexuales y homosexuales pueden ser padrinos o madrinas de bautismo «en determinadas condiciones». Esta orientación pastoral llega como respuesta a las aclaraciones que pidió monseñor José Negri, obispo de Santo Amaro en Brasil, sobre la posible participación en los sacramentos del bautismo y del matrimonio por parte de personas transexuales y homosexuales el pasado mes de julio.

Las respuestas «re-proponen, en esencia, los contenidos fundamentales de lo que ya ha sido dicho sobre este tema por este Dicasterio en el pasado».

Sacramento del Bautismo

En cuanto al bautismo de la persona transexual, la respuesta que da el DDF es afirmativa siempre que no genere escándalo, ya sea adulto, niño o adolescente, y «si está bien preparado y dispuesto». Y cita el canon 868 del Código de Derecho Canónico, y manifiesta que «para que el niño sea bautizado debe haber una esperanza fundada de que será educado en la religión católica».

El Dicasterio, ante las dudas «sobre la situación moral objetiva en la que se encuentra una persona», o sobre «sus disposiciones subjetivas hacia la gracia» (y por tanto también cuando la intención de enmendarse no aparece plenamente) propone algunas consideraciones. La Iglesia enseña que, cuando el sacramento del Bautismo «se recibe sin arrepentimiento de los pecados graves, el sujeto no recibe la gracia santificante, aunque recibe el carácter sacramental», que es indeleble, como leemos en el Catecismo, y «permanece para siempre en el cristiano como disposición positiva hacia la gracia», aclara el documento.

Padrino o madrina en el Bautismo

El DDF recuerda también que «la prudencia pastoral exige que no se permita [el sacramento] si existe riesgo de escándalo, legitimación o una desorientación en el campo educativo de la comunidad eclesial». Tampoco hay ningún problema –indica el documento– para que la persona transexual sea testigo de una boda porque nada lo prohíbe en la «legislación canónica universal vigente».

También se aborda el caso de una persona «homo-emocional» y conviviente que pide ser padrino o madrina de una persona que está siendo bautizada. En este caso la persona está obligada a llevar «una vida conforme a la fe y al papel que asume». El caso es diferente –explica el documento– cuando conviven dos personas homosexuales y no en una simple convivencia, sino en una relación estable y muy conocida por la comunidad.