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02 de mayo de 2024

Vientre de alquiler, mujer embarazada, embarazo

La UE incluirá los vientres de alquiler y el matrimonio forzado en la ley contra la trata

Las nuevas normas entrarán en vigor veinte días después de su publicación en el Diario Oficial de la UE, y los estados miembros tienen dos años para implementar las disposiciones

La presidencia belga del Consejo de la Unión Europea y los representantes de la Eurocámara alcanzaron este martes un acuerdo provisional para incluir el matrimonio forzado, la adopción ilegal y la gestación subrogada como tipos de explotación cubiertos por la ley contra la trata de personas de la UE y penalizados con cárcel de hasta 5 años o 10 si el delito es agravado.
El pacto, que actualiza la directiva europea de 2011 sobre prevención y lucha contra la trata de seres humanos, también incluye la penalización como delito de la utilización consciente de servicios proporcionados por las víctimas, las cuáles contarán con más apoyo y asistencia.
«La trata de personas es un acto criminal que tiene un alto costo humano. Esta muy necesaria actualización de la directiva equipará mejor a los Estados miembros para luchar contra este terrible crimen en todas sus formas», dijo en un comunicado el ministro de Justicia belga, Paul Van Tigchelt.
Como principal novedad, los negociadores del Consejo y del Parlamento Europeo acordaron mencionar explícitamente en la directiva que la explotación de la gestación subrogada, el matrimonio forzado y la adopción ilegal son tipos de explotación que entran dentro del ámbito de la definición de trata.
Ahora bien, la trata para la explotación de la gestación subrogada, que consiste en que una mujer acepta dar a luz a un bebé para otra persona o pareja, se centrará en quienes coaccionen o engañen a las mujeres para que actúen como madres sustitutas.
La inclusión de estas formas de trata en la legislación antitráfico de personas de la UE tendrá en cuenta la prevalencia y la relevancia de estas formas de explotación, señaló el Consejo. «Todos tuvimos que ceder, pero el resultado es bueno (...) Hoy estamos un poco más cerca de poner fin a esta forma de barbarie», dijo la eurodiputada española Eugenia Rodríguez Palop, coponente junto con la sueca Malin Björk por parte del Parlamento.

Penas y sanciones

Como ocurre en la directiva actual, los nuevos tipos de explotación (matrimonio forzado, adopción ilegal y gestación subrogada) serán castigados con una pena máxima de al menos cinco años de prisión, o de al menos diez años de prisión en caso de explotación agravada.
Teniendo en cuenta el efecto de las nuevas tecnologías, los negociadores han incluido una nueva circunstancia agravante si los responsables de trata hayan facilitado o cometido la difusión de imágenes, vídeos o material similar de carácter sexual que involucre a la víctima.
También se reforzarán las sanciones a las personas jurídicas, como las empresas, responsables de delitos de trata, que podrán ser excluidas del acceso a la financiación pública, incluidos los procedimientos de licitación, subvenciones, concesiones y licencias, y la retirada de permisos y autorizaciones para el ejercicio de actividades que hayan dado lugar a la comisión de la infracción.
En virtud del acuerdo, los Estados miembros deberán tipificar como delito penal si una persona que utiliza el servicio prestado por una víctima de trata sabe que es víctima de trata y garantizar que este delito sea castigado con sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias.
Entre lo pactado hoy también figura que las autoridades de lucha contra la trata y de asilo coordinen sus actividades para que las víctimas reciban apoyo y protección adecuados y que se respete su derecho al asilo. El acuerdo provisional alcanzado hoy aún debe ser adoptado formalmente por el Consejo y también por el pleno de la Eurocámara.
Las nuevas normas entrarán en vigor veinte días después de su publicación en el Diario Oficial de la UE, y los estados miembros tienen dos años para implementar las disposiciones. Según datos de la Comisión Europea, la explotación sexual y laboral son los principales fines de la trata de seres humanos.
Sin embargo, la mendicidad o la extracción de órganos (ya mencionadas explícitamente en la directiva de 2011) y el matrimonio forzado y la adopción ilegal (que no se mencionan explícitamente) representan ahora el 11 % de todas las víctimas en la UE en 2020.
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