La ministra de Igualdad, Ana Redondo
Igualdad quiere anular en «situaciones críticas» la objeción de conciencia al aborto en el Sistema Nacional de Salud
El análisis refleja que, en determinadas comunidades, casi todos los ginecólogos se declaran objetores
Un informe del Instituto de las Mujeres, organismo dependiente del Ministerio de Igualdad, plantea limitar la objeción de conciencia en casos críticos dentro del Sistema Nacional de Salud (SNS) para garantizar el acceso efectivo al aborto. Según el documento, la objeción se ha convertido en un obstáculo «estructural» que impide a muchas mujeres ejercer este derecho en hospitales públicos.
El análisis refleja que, en determinadas comunidades, casi todos los ginecólogos se declaran objetores, lo que obliga a externalizar el servicio. En consecuencia, se proponen medidas para que esta práctica no termine «anulando» un derecho reconocido por ley. «En algunos territorios, la objeción es tan extendida que ningún hospital público ofrece abortos quirúrgicos, lo que obliga a las mujeres a desplazarse fuera de su provincia o comunidad», señala el texto.
El informe recuerda que restringir la objeción en la red pública es coherente con recomendaciones internacionales y plantea que no debería invocarse cuando suponga dejar sin cobertura el servicio en un área. El objetivo es que sean las instituciones sanitarias, y no únicamente los profesionales, las responsables de garantizar que todas las mujeres puedan matar a sus fetos sin depender de derivaciones sistemáticas a centros privados.
Por ello, se insta a asegurar la existencia de equipos médicos no objetores en todos los hospitales y niveles asistenciales. En aquellos casos donde la totalidad del personal de un servicio objete, la administración tendría la obligación de designar o contratar profesionales alternativos.
Controlar los abusos de la objeción
El informe también propone vigilar y sancionar los casos en los que la objeción de conciencia se utilice de manera abusiva o fraudulenta, verificando que se trate de una decisión ética personal y no de una negativa encubierta a prestar un servicio público. Asimismo, advierte de que ningún centro público puede rechazar en bloque la práctica del aborto, ya que la objeción es un derecho individual y no colectivo.
Se recomienda, además, evitar que los profesionales no objetores sean los únicos obligados a realizar abortos, ya que se han recogido testimonios que describen esta práctica como una especie de «penalización», lo que desincentiva que el personal se declare disponible.
Otro de los puntos clave es el fortalecimiento de los registros oficiales de objetores, previstos en la Ley Orgánica 1/2023. Estos listados deberían servir para planificar la asistencia sanitaria, sin divulgar nombres, pero sí indicando el número de profesionales objetores por centro. Usarlos como herramienta de gestión permitiría distribuir de forma equilibrada al personal y garantizar la presencia de médicos dispuestos en concursos y contrataciones, especialmente en hospitales de referencia.
Más formación en salud sexual y reproductiva
Para combatir la falta de especialistas capacitados y dispuestos, el documento propone reforzar la formación en salud sexual y reproductiva, incluida la interrupción voluntaria del embarazo. Recomienda incorporar esta materia en los programas de Medicina, Enfermería y otras titulaciones, además de ofrecer cursos de actualización y formación continua.
También plantea rotaciones específicas en servicios de aborto durante la residencia y la ampliación de competencias para enfermeras y matronas.