Una mujer se somete a una intervención de cirugía estética
Sanidad endurece las normas contra el intrusismo tras casos graves en cirugía estética
La normativa responde a la necesidad de garantizar que este tipo de procedimientos se lleven a cabo exclusivamente por especialistas con la formación oficial requerida
El Gobierno ha actualizado este martes, a iniciativa del Ministerio de Sanidad, la normativa para establecer qué profesionales pueden realizar actividades médicas como las cirugías estéticas y otras especialidades, tras casos graves vinculados a una falta de competencias, una normativa que entrará en vigor el 1 de julio.
Para ello, el Consejo de Ministros ha aprobado una modificación del Real Decreto por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
La ministra de Sanidad, Mónica García, ha destacado que la actualización de la normativa es «sentido común convertido en ley, aprender de lo ocurrido, proteger al paciente y que cada profesional haga lo que esté preparado para hacer».
En declaraciones remitidas a los medios, García ha recordado el caso de Sara Gómez, la mujer que murió en 2022 tras someterse a una liposucción en Murcia por una persona «sin las competencias adecuadas». «Eso no va a volver a pasar», ha sostenido la ministra.
A partir del 1 de julio, los centros sanitarios tendrán un plazo de seis meses para garantizar que su personal cuenta con la formación adecuada conforme a su especialidad, según un comunicado del Ministerio de Mónica García.
Esta reforma tiene como objetivo fundamental garantizar que los centros cuenten con profesionales sanitarios que posean la titulación oficial, así como las competencias y habilidades adecuadas a la asistencia que prestan.
Los centros deberán disponer de la información y expedientes actualizados de todo su personal en cumplimiento de las nuevas garantías de formación.
Esta modificación refuerza el marco normativo que delimita qué profesionales pueden realizar intervenciones de cirugía estética, tras la identificación de riesgos asociados a prácticas realizadas por personal sin la cualificación adecuada.
La normativa responde a la necesidad de garantizar que este tipo de procedimientos se lleven a cabo exclusivamente por especialistas con la formación oficial requerida.
Si bien el ámbito de la cirugía estética ha puesto de manifiesto la importancia de esta regulación, la norma extiende estas garantías al conjunto de la atención sanitaria, con el objetivo de minimizar errores y prevenir eventos adversos en cualquier unidad asistencial.
A través de la incorporación de un nuevo artículo, el Real Decreto establece la obligación legal a los centros y servicios sanitarios de asegurar que la atención sea prestada exclusivamente por personal con la titulación y competencias adecuadas.
La norma aprovecha esta reforma para poner al día el catálogo de unidades sanitarias, incorporando oficialmente las unidades de Radiofísica Hospitalaria (U.106) y Radiofarmacia (U.107). Asimismo, se actualizan las definiciones de unidades que habían quedado obsoletas, como Nutrición y Dietética, Planificación Familiar y Tratamiento del Dolor, para adaptarlas a los avances científicos actuales.