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Vista de la Gran Vía de MadridUnsplash

Una aproximación distributista al problema de la vivienda

Según esta tercera vía, el fin de la acumulación del capital y precarización del resto debe venir no por la sustitución del capitalismo por el estatismo, sino distribuyendo la propiedad privada

Darle un voto no es darle un poder real, pero sí dejándole tener una familia y casa propia. Chesterton, Queries on fascism, GK Weekly, 12-7-1934

Qué están haciendo con la vivienda

El problema de la vivienda, lejos de resolverse, se complica. Así, el sobreendeudamiento familiar a causa de la misma en 2019 es similar al de uno de los años peores tras la crisis financiera mundial, el 2011. Quince años de políticas de vivienda desde 2007 en poco han contribuido a mejorar la situación.
Si hasta ese año las políticas de vivienda eran virtualmente inexistentes, con normas «inspiradas» por el lobby bancario para promover el crédito hipotecario de casas cada vez más caras, bajo cuyo paraguas se incluían especulación en los palcos de los estados de fútbol, grandes coches, plasmas y largas vacaciones, desde entonces se ha ido de error en error, salvo contadas excepciones. Así, entre 2007 y 2011 hubo una negación oficial de la existencia de la crisis de la vivienda, lo que se evidenció en la aparición de la «robinprudencia» (esto es, algunos jueces juzgando sin base en la ley, sino atendiendo a su propio criterio de «justicia», a menudo a rebufo de intensos movimientos sociales) pues hasta ese último año no apareció la primera norma para prevenir los miles de desahucios que ya se llevaban produciendo. Ello generó un entorno de inseguridad jurídica en nuestro sistema (con el mensaje: hay algunos contratos que no hace falta cumplirlos), cuyos efectos seguimos sufriendo.
Los gurús de aquel momento identificaron enseguida al culpable: la propiedad privada. Comenzaron a predicar (a menudo desde sus chalés) que no era necesario comprar vivienda, que alquilando era suficiente. Pero el mercado en alquiler en España es el que es, siempre más caro que comprar hasta 2007 y desde 2012 de nuevo. Y con ello llegó la burbuja del alquiler en 2016, puesto que la normativa estaba haciendo cada vez más difícil acceder a financiación hipotecaria a las familias con recursos más modestos (Ley 1/2013; luego la Ley 5/2019). Con miles de familias sin posibilidad de compra y relegadas al alquiler, las transacciones no obstante se mantenían o subían (años 2017 y 2018), aunque a menudo eran casos de hogares que pasaban a una mejor vivienda y, también, fondos de inversión que en los últimos años han duplicado su stock de viviendas, confiando en convertir en inquilinos a todos aquellos a los que no se les ha dejado comprar desde el inicio de la crisis. En lugar de distribuirse, la propiedad se concentra.
Ante tan calamitosa situación, diversas Comunidades Autónomas se lanzaron a partir de 2015 a legislar imponiendo multas, recargos tributarios y expropiaciones a propietarios con viviendas vacías o en mal estado; o a aquellos que se negaban a cumplir el ofrecimiento forzoso de alquiler social antes de desahuciar. Especialmente, a medida que se daban cuenta (tarde, porque no leen) que la «receta mágica», al tiempo que mantra, de «más vivienda social» no funciona, puesto que es cíclica y solo puede existir en números relevantes cuando la economía funciona bien, lo que no sucede desde hace más de 15 años. Sus resultados, no obstante, se mantienen ignotos (¿en cuánto ha mejorado la asequibilidad de las viviendas en los municipios donde se han llevado a cabo estas medidas?), de manera que pueden suponerse modestos, si no, contraproducentes. Pocas cosas en la vida se consiguen amenazando, imponiendo o sancionando.
Y de ahí las sucesivas reformas de los alquileres que y, en su desesperación por la falta de resultados, Cataluña (Ley 11/2020) intentó controlar duramente las rentas de los alquileres (lo que quiere extender al resto de España el Proyecto de Ley de vivienda de 2022), lo que fue declarado inconstitucional. Y con resultados nefastos el año que estuvo en vigor, tal y como lo avalan hasta cuatro informes, como ha sucedido así siempre en cada ciudad y país del mundo donde se ha impuesto por ley un control de renta. Un sucedáneo de ese control, no obstante, lo tenemos ya a nivel estatal, al fijar por ley un máximo al incremento de las rentas al 2 %, desde comienzos de 2022 hasta, de momento, finales de 2023, con el fin, dicen, de controlar la inflación, pero que no deja de ser una expropiación sin compensación, como ya decían los autores de finales de los años 70 y principios de los 80 para medidas similares. En diciembre de ese año se introducen prórrogas forzosas en los alquileres.
Y en una penúltima vuelta de tuerca, desde el 2019 en Cataluña y desde el RDL 1/2021 en el resto del estado, se vienen amparando diversas situaciones de okupación (reforzadas también por la enésima versión del Proyecto de Ley de vivienda al dificultar los desalojos aumentando requisitos y burorcracia a los propietarios afectados), permitiendo quedarse a ciertos okupas en las viviendas okupadas, ignorando los respectivos legisladores que la okupación está considerada internacionalmente como una situación de sinhogarismo, no pudiendo constituir nunca una solución habitacional; al tiempo que justifica que la función social de la propiedad puede forzase mediante el delito de usurpación y favorecer a los incumplidores y no a la colectividad (ver voto particular de Espejel en STC 9/2023).
Y, como ya hemos ido apuntando, el último giro lo esperamos con el Proyecto de Ley de vivienda, a punto de ser aprobado, el cual impone sacar del Código civil la propiedad de las viviendas, convirtiéndolas en un trasunto de tenencia controlada por el Estado (arts. 10 y 11 sobre todo), quien decidirá a partir de entonces qué podremos hacer con ellas y qué no, al estilo del suelo, las aguas o las minas. No sin antes empujar de nuevo en mayo de 2023 a jóvenes sin ahorros a adquirir préstamos hipotecarios por el 100 % del valor de la vivienda mediante avales estatales (aplaudido por grandes promotores y la banca), a lo que se está ya apuntando también alguna Comunidad Autónoma, dando de nuevo comienzo a un ciclo sin fin, a un bamboleo irracional que dura ya 30 años: del neoliberaliso hasta que estalló por la crisis financiera mundial; al intervencionismo y estatismo más radical desde entonces; y vuelta otra vez.
En fin, que pasaremos de ser una sociedad de propietarios, a una sociedad de expropiados, okupas y, de nuevo, sobreendeudados.

Una aproximación distributista

Somos muy pocos los que vimos una solución a la crisis de 2007 en las terceras vías: no es posible privar a las personas de la titularidad de sus viviendas, porque es lo que desean, porque es lo que les da autonomía, seguridad, libertad y orgullo, lo que no les da ninguna otra forma de tenencia que les haga depender de un casero (público o privado) o de convivir con otras familias con reducidos derechos y espacios propios (algunos cohousings, como los autorizados en Cataluña por RD 50/2020, que en plena pandemia permitió los pisos de 24 m2 privativos más 6 m2 comunes). Pero no podemos permitir al tiempo repetir los errores del boom inmobiliario, contemplando como miles de familias se iban sobreendeudando con enormes entidades financieras con tremendas consecuencias. Tal y como afirmó Juan Pablo II, en Centessimus annus 49 (1991): «El individuo hoy día queda sofocado con frecuencia entre los dos polos del Estado y del mercado. En efecto, da la impresión a veces de que existe sólo como productor y consumidor de mercancías, o bien como objeto de la administración del Estado», en la línea de Pío XI al aludir a «los fabulosos recursos de unos pocos sumamente ricos» en Quadragesimo anno, 60 (1931) y «la fantasía del socialismo de reducir a común la propiedad privada [y que] repugna a los derchos naturales» (Rerum Novarum, 13, 1891).
Reducir los espacios propios (infravivienda), someter de por vida a caseros y subsidios a los que menos tienen, amparar la okupación como solución habitacional (sinhogarismo) y expropiar a los que ya son propietarios va en contra de la dignidad humana, que se encuentra en el centro del distributismo y de la doctrina social de la Iglesia, en la que encuentra su origen. Según esta tercera vía, el fin de la acumulación del capital y precarización del resto debe venir no por la sustitución del capitalismo por el estatismo, sino distribuyendo la propiedad privada; solo entonces ésta dará lugar a la libertad del individuo. No es tampoco una ausencia del Estado, sino su subsidiariedad, si otras instituciones menores, más cercanas al individuo, ya funcionan.
En el ámbito de la vivienda, pues, ¿qué tal si diseñamos una propiedad privada -sostenible- que maximice su distribución y evite la especulación? Con ello tendríamos lo mejor de los dos mundos: la tranquilidad de que las familias sean propietarias de sus casas y evitar estructuralmente su sobreendeudamiento. Pues bien, dos tipos de propiedad sostenibles, la propiedad compartida y la propiedad temporal, ya existen en el Código civil de Cataluña desde la Ley 19/2015 y de encuentran como objetivo de todo el país en el documento de prospectiva «España 2050». La primera posibilita ser propietario adquiriendo solo una parte de la vivienda, la que se pueda pagar, (ej. un 25 %) aunque obteniendo con ello el goce y disfrute de todo el inmueble, sin depender para nada del vendedor, aunque también adquiere todas sus cargas (ubi emolumentum, ibi onus). La segunda, permite ser propietario de la vivienda entre 10 y 99 años, tiempo durante el cual es plenamente hipotecable y transmisible inter vivos y mortis causa. Ambas figuras posibilitan evitar una sociedad de ricos propietarios y pobres inquilinos a las que nos quieren llevar, aunque entiendo que a ciertos operadores en el mercado inmobiliario y a ciertos alcaldes o alcaldesas no les gusten ni las promuevan, porque dan libertad a las personas y les quitan clientela (empresarial y electoral). Tal y como escribió H. Belloc en El Estado Servil (1912), «Si no restauramos la institución de la Propiedad, no podremos menos que restaurar la institución de la Esclavitud; no hay otra salida».