Fundado en 1910

24 de abril de 2024

Sandro Rosell y Josep Maria Bartomeu, el día de la dimisión del primero

Sandro Rosell y Josep Maria Bartomeu, el día de la dimisión del primeroEFE

La Fiscalía denuncia al FC Barcelona y a los presidentes Bartomeu y Rosell por los pagos a Negreira

La denuncia también se dirige contra las exdirectivos del club Óscar Grau y Albert Soler

La Fiscalía ha presentado este viernes una denuncia contra el FC Barcelona por presunta corrupción en pagos al exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA) José María Enríquez Negreira.
La denuncia, consultada por Europa Press, también se dirige contra el propio Negreira, contra los expresidentes blaugranas Sandro Rosell y Josep Maria Bartomeu, y los exdirectivos del club Óscar Grau y Albert Soler.
La Fiscalía denuncia los presuntos delitos de corrupción entre particulares en el ámbito deportivo, administración desleal y falsedad documental. Estiman que hay evidencias suficientes que prueban que existe un delito de corrupción en los negocios cometido por el club azulgrana, por el hecho de haber pagado, según calculan, casi 7.3 millones de euros a Negreira durante el tiempo en que este era vicepresidente del CTA, el órgano de gobierno del colectivo.
La acusación se dirige al FC Barcelona como persona jurídica y además en la modalidad continuada, que podría aumentar más aún las posibles penas del presunto delito. El ministerio público ha oficializado la denuncia sobre el ‘caso Negreira’ ante el juzgado número 1 de la ciudad condal, que será el encargado de determinar su resolución.
Según informa el escrito de la Fiscalía, el Barcelona mediante Rosell y Bartomeu, llegaron a acuerdos con Enríquez Negreira «a fin de que, en su calidad de vicepresidente del CTA y a cambio de dinero, realizara actuaciones tendentes a favorecer al Barça en la toma de decisiones de los árbitros en los partidos que disputase el Club, y así en los resultados de las competiciones». Recalcar que el denunciado, a través del Comité Técnico de Árbitros, no influía en la designación de los colegiados para los partidos, pero si lo hacía en sus ascensos y descensos.
En referencia a un presunto soborno de árbitros, el Código Penal establece en el artículo 286.4 que cometerán un delito de corrupción en los negocios «los directivos, administradores, empleados o colaboradores de una entidad deportiva, cualquiera que sea la forma jurídica de ésta, así como a los deportistas, árbitros o jueces, respecto de aquellas conductas que tengan por finalidad predeterminar o alterar de manera deliberada y fraudulenta el resultado de una prueba, encuentro o competición deportiva de especial relevancia económica o deportiva». La fiscalía acusa como persona jurídica al Barcelona por este delito, entre otros.
En la denuncia consta que Enríquez Negreira: «retiraba la totalidad de los ingresos procedentes del FCB mediante cheques al portador» que terceras personas cobraban por encargo del ex vicepresidente, a quien se lo entregaban después en efectivo. En 2018 Negreira dejó el CTA y el club culé dejó de pagarle, por ello mostró su descontento a través de un burofax que hablaba sobre «una profunda decepción después de tantos años de relación, de tantos favores prestados, de tantas confidencias compartidas» y terminaba el mismo confiando en solventar la situación para evitar «males mayores y actuaciones nada deseables para ambas partes».
La Fiscalía entiende que desde 2001 y 2018 los pagos que hizo el Barcelona al ex vicepresidente del CTA supusieron «una auténtica remuneración no prevista en los estatutos del club ni aprobada por la Asamblea General. En definitiva, dichas percepciones no tuvieron soporte legal ni estatutario alguno». Además, asegura que dos empresas de Enríquez Negreira, incluyendo la de su hijo, DASNIL 95 SL, giraron facturas al Barça «sin que las mismas respondieran a ninguna prestación o servicios de asesoramiento técnico real», y circunscribe que facturó al Barça 2.971.673,01 euros entre 2014 y 2018.
Si se prueba que el club pagó de manera continuada a Negreira (de 2001 a 2018) con la intención de alterar la competición, la legislación actual condena penas de cárcel de entre seis meses y cuatro años de cárcel por corrupción; y seis meses y tres años por la administración desleal que deberían afrontar presuntamente los exdirectivos. En el caso del Barça, el código penal establece que las entidades condenadas por corrupción entre particulares deben pagar una multa. En un caso extremo el Código Penal contempla el descenso de categoría e incluso la disolución de la entidad.

Sanciones en el ámbito deportivo

En el ámbito deportivo español, la Real Federación Española de Fútbol presidida por Luis Rubiales establece que las infracciones graves prescriben a los tres años, por lo que, si la investigación se centra entre los presuntos delitos que se cometieron entre los años 2016 y 2018, no habría consecuencias deportivas.
Otra cosa es el ámbito internacional, ya que la UEFA establece que un club que quiera participar en las competiciones que organice, como la Champions League, no puede haber estado implicado en «ninguna actividad destinada a organizar o influir en el resultado de un partido nacional o internacional». UEFA considera que no puede sancionar, aunque sí puede decidir no invitar al Barça a sus competiciones. Se avecinan tormentas en Can Barça.
Comentarios
tracking