Fundado en 1910

20 de abril de 2024

Las cifras parecen no entenderse bien.

Aquellas personas que no tengan derecho a percibir el paro tienen a su disposición otras ayudasJesús Hellín - Europa Press

Prestaciones

Los subsidios de 480 euros que puedes cobrar si no tienes derecho a paro

Esta cantidad se ha visto incrementada con la llegada del nuevo año, ajustándose a las circunstancias personales y laborales

En el momento en el que una persona se queda sin trabajo suele pensar directamente en la prestación contributiva por desempleo, conocida comúnmente como paro. Esta es una de las ayudas que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y es un subsidio que protege a quienes pudiendo y queriendo trabajar, pierden su empleo de forma temporal, definitiva o ven reducida de alguna forma su jornada.
Aquellas personas que no tengan derecho a percibir el paro tienen a su disposición otras ayudas, ya que el sistema no puede dejarlas sin ninguna opción o en una situación de vulnerabilidad.
EL SEPE, a través de su perfil oficial en Twitter, ha publicado un aviso para explicar que los trabajadores que no tienen derecho a percibir el paro si pueden cobrar alguno de los subsidios por desempleo contemplados por la ley, el cobro de los mismos dependerá de las circunstancias del beneficiario.
En cambio, no cambiará en ninguno de ellos la cantidad a percibir, debido a que la cuantía mensual de estos subsidios por desempleo es de 480 euros al mes, esta cifra corresponde al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, denominado IPREM. Dicha cantidad ha aumentado con la llegada del nuevo año, ya que el Gobierno estipuló este incremento hasta los 600 euros mensuales.

Requisitos para cobrar los subsidios por desempleo

Estas ayudas económicas se ajustan a los requisitos y las características que reúne el posible beneficiario, de forma que puede cobrar una u otra dependiendo de las circunstancias personales o de cotización con las que se presenta.

Requisitios comunes

  • Estar en una situación legal de desempleo (consultar aquí si se encuentra en una de ellas)
  • Estar inscrito como demandante de empleo.
  • No tener ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional en cómputo mensual.
  • Suscribir el compromiso de actividad con el SEPE.

Subsidio por cotizaciones insuficientes

Este subsidio está destinado a las personas que obtienen menos cotizaciones de las necesarias para cobrar el paro. Su acceso y duración dependen de ese tiempo cotizado y de las responsabilidades familiares.
  • Las personas con responsabilidades familiares tienen derecho a tres, cuatro o cinco meses de subsidio si han cotizado tres, cuatro o cinco meses respectivamente. La duración pasa a ser de 21 meses si han cotizado seis meses o más.
  • Las personas sin responsabilidades familiares tienen derecho a seis meses de subsidio si han cotizado al menos seis meses.

Subsidio para personas de 45 años por agotamiento del paro

Para poder percibirlo es imprescindible tener menos de 52 años y no tener responsabilidades familiares, su duración es de seis meses.

Subsidio por responsabilidades familiares

Corresponde a aquellas personas que agotan el paro y tienen responsabilidades familiares, su duración inicial es de seis meses, pero todo depende del tiempo de cobro de paro y de su edad.
  • Los beneficiarios menores de 45 años que cobrasen el paro al menos cuatro meses tienen derecho a 18 meses de subsidio.
  • Los beneficiarios menores de 45 años que cobrasen el paro al menos seis meses tendrán derecho a 24 meses de subsidio.
  • Los beneficiarios de 45 años o más que cobrasen el paro al menos cuatro meses tendrán derecho a 24 meses de subsidio.
  • Los beneficiarios de 45 años o más que cobrasen el paro al menos seis meses tendrán derecho a 30 meses de subsidio.

Subsidio para mayores de 52 años

El beneficiario debe tener al menos 52 años y cumplir todos los requisitos para poder cobrar una pensión contributiva de jubilación, salvo el requisito de la edad. Esta ayuda se puede percibir hasta la llegada de la edad ordinaria de jubilación.

Subsidio para emigrantes retornados y liberados de prisión

En el caso de los emigrantes retornados, el subsidio se paga a aquellos que retornan sin derecho a paro de países que no formen parte del Espacio Económico Europeo, la Unión Europea o Suiza. Su duración es de 18 meses dividido en tres periodos prorrogables de seis meses.
Los liberados de prisión podrán percibirla tras haber cumplido al menos una pena de prisión de seis meses, saliendo de la cárcel sin derecho a paro. Su duración es igual que la anterior.

Temas

Comentarios
tracking