
Edificio del Banco de España.
Estas son las consecuencias de devolver un recibo según el Banco de España
Es importante que los clientes tengan en cuenta que la devolución de recibos puede generar recargos y pérdidas de subvenciones o bonificaciones
El agua, la luz o el seguro del coche son algunos de los recibos que en la mayoría de las ocasiones se domicilian por comodidad, evitando así tener que acudir de manera presencial para poder efectuar el pago. El Banco de España, ha explicado que el adeudo domiciliario es un servicio de pago que consiste en un cargo en la cuenta del ordenante, que es el encargado de pagar el recibo.
Este cargo es iniciado por un beneficiario que, en este caso, es la empresa que cobra por sus servicios, ya que «si como cliente alguien quiere que su entidad le preste este servicio debe, como titular de la cuenta, firmar una autorización previa y expresa para que la entidad pueda efectuar los cargos», ha aclarado el organismo.
En los casos en los que se quiere devolver un recibo y está la orden de domiciliación en vigor, la normativa de servicios de pago contempla el derecho del cliente a poder ordenar la devolución de los recibos o adeudos domiciliados que la entidad tiene que atender. Además, dicho movimiento puede realizarse dentro de un plazo que es diferente si el cargo estaba previamente autorizado o no.
De esta forma, si se trata de un recibo no autorizado, hay que acudir presencialmente al banco en un plazo máximo de 13 meses para rectificar la operación. En cambio, si se trata de un recibo autorizado pero contiene errores en el importe, se podrá devolver llamando por teléfono, desde la web del banco o desde la aplicación en un plazo máximo de ocho semanas.Cuidado con devolver recibos sin justificación
El Banco de España ha mencionado que se debe tener cuidado al devolver recibos sin justificación, ya que «tiene consecuencias». Al devolver el recibo de un préstamo, por no contar con saldo suficiente en la cuenta, el recibo volverá con recargo. Además, recalcan que en casos particulares, como los recibos emitidos por la Seguridad Social o por la Agencia Tributaria, la devolución puede generar recargos y pérdidas de subvenciones o bonificaciones no solo del recibo devuelto, sino por los siguientes que se dejaron de emitir.
En cualquier caso, el banco dispone de 10 días hábiles para poder devolver el importe íntegro o bien justificar su rechazo a la solicitud del cliente. De hecho, si se deniega la devolución, se deben indicar los procedimientos de reclamación, judiciales y extrajudiciales que hay disponibles.