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08 de mayo de 2024

La normativa laboral establece diferentes vías por las que un empresario puede pagar los salarios a sus empleados

La normativa laboral establece diferentes vías por las que un empresario puede pagar los salarios a sus empleadosGTRES

Infoveritas

¿Es obligatorio entregar las nóminas a los empleados cada mes?

En caso de que la empresa no entregue la nómina al trabajador puede ser sancionada

La legislación laboral señala que es obligatorio que los trabajadores reciban cada mes el recibo del pago de su salario. Así se recoge en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
«La documentación del salario se realizará mediante la entrega al trabajador de un recibo individual y justificativo del pago del mismo», señala el texto.
Con respecto a la periodicidad de la misma, el envío de la nómina debe hacerse con la misma frecuencia que el abono del salario. Es decir, como mínimo cada mes, en virtud del artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores.
No entregar la nómina constituye una infracción sancionada con una multa entre 60 y 650 euros, según se recoge en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
Con respecto a si la nómina debe enviarse al trabajador por correo electrónico o entregarse en papel, no se especifica nada. Esto quiere decir que es válido hacerlo de cualquiera de las dos maneras.
Por parte del trabajador, no hay obligación de conservar las nóminas. Sin embargo, es recomendable guardar las de los últimos cinco años por si Hacienda hace alguna reclamación.
Infoveritas, una agencia de verificación especializada en contrastar noticias y desmentir bulos, ha firmado una colaboración con El Debate para publicar dos verificaciones semanales. Con este acuerdo, ambos medios buscan fomentar el pensamiento crítico y reducir la desinformación en la sociedad.
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