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05 de mayo de 2024

La vicepresidenta del Gobierno, Teresa Ribera, con el comisario de Medio Ambiente, Océanos y Pesca de la UE, Virginijus Sinkevicius

La vicepresidenta Teresa Ribera, con el comisario de Medio Ambiente, Océanos y Pesca de la UE, Virginijus SinkeviciusEFE

Bruselas pone sobre la mesa un impuesto a las grandes fortunas para cubrir los gastos del cambio climático

La Comisión Europea registró una iniciativa ciudadana que ahora tendrá que conseguir al menos un millón de firmas de apoyo en siete Estados miembros

La Comisión Europea ha registrado una iniciativa ciudadana para establecer un impuesto que grave a las grandes fortunas y, con ese dinero, financiar así medidas en favor de la ecología y luchar contra el cambio climático. Ahora, Bruselas pone en marcha el mecanismo y puede que tenga que llegar a estudiarlo.
La primera decisión por parte de la Comisión ha sido registrar la propuesta. No todas las iniciativas ciudadanas que llegan a Bruselas se toman en cuenta y, de hecho, poco más de cien han pasado el corte en los últimos diez años. El hecho de registrarla, sin embargo, no obliga a tomar una decisión inmediata, sino que se abre un plazo de seis meses en los que los promotores tendrán que aportar un millón de firmas de apoyo en siete Estados miembros, como mínimo.
Si lo consiguen, entonces sí tendrá que ponerse en marcha la Comisión. El Ejecutivo tendrá que «reaccionar», aceptando o o rechazando la propuesta con una serie de argumentos. No podrán simplemente decir que no.
El iniciativa, que va titulada «Gravar las grandes fortunas para financiar la transición ecológica y social», tiene como objetivo «impulsar la lucha contra el cambio climático y contra la desigualdad en toda la UE, así como garantizar que los ciudadanos europeos paguen la parte que les corresponde».
La Comisión Europea ha dejado claro que registra la iniciativa porque cumple todas las condiciones que se exigen y es «jurídicamente admisible». Sin embargo, no ha entrado a valorar el contenido ni el fondo de la propuesta.
Los requisitos establecidos en la legislación exigen que la medida «no esté manifiestamente fuera del ámbito de competencias de la Comisión», que no sea «claramente abusiva, frívola o temeraria» y que no sea «manifiestamente contraria a los valores» de la UE.
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