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27 de abril de 2024

Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio de 2022, en la Administración de Hacienda de Montalbán, a 1 de junio de 2023, en Madrid (España). Desde hoy la Agencia Tributaria asiste a los ciudadanos en sus oficinas para la confección y presentación de los documentos. El plazo de presentación de declaraciones finaliza el 30 de junio y las solicitudes de cita previa, tanto para la atención telefónica como presencial, finaliza el 29 de junio. En total, la Agencia Tributaria prevé ingresar 16.448 millones de euros, un 5,6% más respecto al ejercicio anterior, mientras que el importe a devolver caerá un 2,4%, hasta los 9.946 millones.
01 JUNIO 2023;RENTA;DECLARACIÓN RENTA;RENTA 2022;HACIENDA;IMPUESTOS;AGENCIA TRIBUTARIA;
Carlos Luján / Europa Press
01/6/2023

Hay algunas pensiones que no tributan por el IRPFCarlos Lujan

Jubilados

Estos son los pensionistas que estarán exentos de hacer la declaración de la Renta en 2024

Algunos jubilados, dependiendo de sus circunstancias y la modalidad de la prestación que reciban, están exentos de hacer la declaración

El inicio del 2024 marca el comienzo de la cuenta atrás para presentar la declaración de la Renta, una fecha para la que los contribuyentes deben ir preparados. En ese instante, aunque deben conocer deducciones, normativas, plazos y procedimientos, existe un grupo que cuenta con unas condiciones diferentes al resto, los pensionistas.
Los perceptores de una pensión de jubilación de la Seguridad Social deben tributar el IRPF como rendimiento de trabajo, a pesar de que hay una serie de beneficiarios de pensiones públicas que, dependiendo de sus circunstancias y la modalidad de la prestación que reciban, están exentos de hacer la declaración.
En este sentido, todos los jubilados que perciban una pensión pública están exentos de hacer la declaración de la Renta si sus ingresos anuales no superan los 12.900 euros en el ejercicio fiscal de 2023. Por otro lado, en caso de superar dicha cantidad, se puede reducir la factura fiscal a través de deducciones.

¿Qué pensionistas están exentos?

Finalmente, existen algunas pensiones que no tributan por el IRPF y que, por ello, están exentas de hacer la declaración en los próximos meses.
  • Pensionistas por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, ya sea abonada por la Seguridad Social o por entidades que la sustituyan.
  • Pensionistas por orfandad y las derivadas de actos de terrorismo (también, las de viudedad que se deriven de este tipo de actos).
  • Pensiones en favor de familiares como consecuencia de actos de terrorismo o de una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez (quedarán exentas de tributación las prestaciones en favor de familiares que sean menores de 22 años).
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