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05 de mayo de 2024

Los contribuyentes podrán empezar a solicitar desde este jueves, 25 de mayo, su cita previa para la atención presencial de la declaración de la Renta correspondiente al año 2022, aunque será el día 1 de junio cuando la Agencia Tributaria comenzará a asistir a los ciudadanos en sus oficinas para la confección y presentación de los documentos.

Además de la presentación por internet a través de la página de la agencia y de la aplicación móvil, los contribuyentes menos habituados a las nuevas tecnologías que requieran asistencia personalizada tienen también este año a su disposición desde principios de mayo el plan 'Le Llamamos', una alternativa a la asistencia presencial en oficinas.

El plazo de presentación de declaraciones finalizará el 30 de junio para declaraciones tanto a ingresar como a devolver, si bien el plazo en las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria concluirá el 27 de junio. Las solicitudes de cita previa, tanto para la atención telefónica como presencial finalizará el 29 de junio.

Está previsto que en esta campaña del IRPF se presenten un total de 22.899.000 declaraciones, un 3,4% más que el año anterior. De ese total, se prevé que den derecho a devolución un 60% de ellas --13.600.000, un 2% menos-- por un importe estimado de 9.946 millones de euros.

En total, la Agencia Tributaria prevé ingresar 16.448 millones de euros, un 5,6% más respecto al ejercicio anterior, mientras que el importe a devolver caerá un 2,4%, hasta los 9.946 millones.

CÓMO SOLICITAR EL PLAN 'LE LLAMAMOS'
En esta campaña, los contribuyentes vuelven a tener a su disposición el plan 'Le Llamamos' para confección de declaraciones por teléfono.

Este Plan arrancó el pasado 5 de mayo, con servicio hasta el final de la campaña, de manera que los contribuyentes menos habituados a las nuevas tecnologías que requieran asistencia personalizada volverán a contar con una potente alternativa a la asistencia presencial en oficinas, pudiendo acelerar la presentación y, con ello, la eventual devolución que corresponda.

Una vez que el contribuyente pide cita --se recomienda la solicitud por internet o mediante servicio automático en el 91 535 73 26, o en el 901 12 12 24-- y elige horario de mañana o de tarde, el sistema le propone un día y una hora en la que recibirá la llamada de la Agencia Tributaria.

"En favor de la propia agilidad del servicio, resulta muy conveniente que el contribuyente tenga disponible la información y documentación necesaria para realizar la declaración cuando le llame la Agencia", aconsejan desde el organismo.

Varios empleados trabajan en una oficina de la Agencia TributariaEuropa Press

Sanciones

Estos son los movimientos de dinero por los que Hacienda puede llegar a multarte

Los movimientos de dinero, según Hacienda, son «cualquier cambio de lugar o posición que se verifique en el exterior del domicilio del portador de los medios de pago»

El Ministerio de Hacienda se encarga de que los contribuyentes declaren aquellos movimientos de dinero, ya sea de entrada o de salida de España, que sean iguales o superiores a los 10.000 euros. De hecho, en el caso de tratarse de efectivo que se mueva dentro del país, la cantidad deberá superar los 100.000 euros para informar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
En este sentido, la medida que aparece en la normativa que entró en vigor el pasado 14 de febrero de 2007, busca dificultar las actividades de blanqueo de capitales a nivel internacional. Además, tal y como explica Hacienda, no se trata de limitar las transacciones legales que superen estas cantidades, sino de tener mayor transparencia sobre el origen y destino de esos fondos.
Por ello, todas las personas que superen las cantidades mencionadas anteriormente están obligadas a completar un formulario de la Agencia Tributaria, ya que sino recibirán una importante multa. Sin embargo, según Hacienda, un movimiento de dinero es «cualquier cambio de lugar o posición que se verifique en el exterior del domicilio del portador de los medios de pago».

¿Qué movimientos tengo que declarar?

Dentro de todos ellos, se exceptúan de la obligación de presentar la declaración las personas físicas que actúen en nombre de empresas que estén autorizadas por el Ministerio de Interior y ejerzan actividades de transporte profesional de fondos o medios de pago. Estos, son los siguientes:
  • Papel moneda y moneda metálica nacional o extranjera.
  • Efectos negociables o medios de pago al portador como los cheques de viaje, cheques o pagarés que sean extendidos al portador, firmados peor con omisión del beneficiario o que este sea ficticio.
  • Las tarjetas prepago no nominativas que sirvan para almacenar o brindar acceso a valores monetarios o fondos que puedan utilizarse para efectuar pagos, adquirir bienes o servicios, si no están vinculadas a una cuenta bancaria.
  • Monedas con un contenido de oro del 90% como mínimo y el oro sin acuñar, como lingotes o pepitas con un contenido de oro del 99,5% como mínimo.

Las sanciones no solo son en dinero

La declaración se realiza a través del formulario S1, que puede completarse en la entidad bancaria donde esté la cuenta y donde se realicen los movimientos. Asimismo, se debe rellenar siempre y cuando el movimiento se realice dentro del territorio nacional, de medios de pago acompañados procedentes o con destino en un país de la Unión Europea.
Por otro lado, si son movimientos de entrada y salida nacional de medios de pago acompañados, con origen o destino a un país tercero, se deberá presentar el formulario E1. Para la entrada o salida de movimientos en el territorio nacional de medios de pago no acompañados, el formulario correspondiente será el E2.
Finalmente, la sanción mínima económica por no declarar los movimientos de dinero mencionados, es de 600 euros. Al mismo tiempo, podrá ascender hasta el 50% del valor de los medios de pago empleados. Aun así, las sanciones no solo son en dinero, ya que el incumplimiento de la misma podría iniciar una investigación para comprobar si los movimientos de dinero realizados no están vinculados a algún tipo de fraude.
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