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02 de mayo de 2024

Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta

Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la rentaCarlos Lujan

Declaración de la Renta 2023 - 2024

Esto es lo que te puedes deducir en la declaración de la Renta por las donaciones

Los porcentajes de deducción aplicables varían según la entidad receptora y la actividad a la que se destine el donativo

Donar dinero a organizaciones y fundaciones no solo es algo habitual, también sirve para desgravarse algo de dinero en la declaración de la renta.
El gesto tiene implicaciones fiscales y permite a los donantes aplicar deducciones en su Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al año 2023.

Ley 49/2002

Las donaciones efectuadas a ciertas entidades benéficas pueden deducirse de la cuota del IRPF, según lo establecido por la Ley 49/2002. Estas entidades incluyen fundaciones, organizaciones declaradas de utilidad pública, federaciones y otras instituciones que cumplen con los requisitos legales. Entre las organizaciones elegibles se encuentran la Cruz Roja, Cáritas, la Asociación Española contra el Cáncer y diversas mutualidades profesionales, entre otras.
Para ejercer el derecho a la deducción, es crucial que los donantes puedan justificar la efectividad de su contribución. Esto se logra a través de una certificación emitida por la entidad receptora del donativo, la cual debe cumplir con ciertos requisitos, como la identificación del donante y de la entidad beneficiaria, así como la fecha e importe del donativo. Además, estas entidades deben presentar una declaración informativa ante la Administración Tributaria.

Es crucial que los donantes puedan justificar la efectividad de su contribución

Los porcentajes de deducción aplicables varían según la entidad receptora y la actividad a la que se destine el donativo. Por ejemplo, para las entidades contempladas en la Ley 49/2002, la deducción puede alcanzar hasta el 80 % sobre los primeros 150 euros y el 35 % sobre el exceso. Este porcentaje puede aumentar al 40 % si el donante ha realizado donativos de igual o mayor cantidad en los dos ejercicios fiscales anteriores.

Mecenazgo

En el caso de las actividades prioritarias de mecenazgo, como las llevadas a cabo por ciertos museos y fundaciones culturales, los porcentajes de deducción se incrementan en cinco puntos. Asimismo, para otras fundaciones y asociaciones benéficas no contempladas en la Ley 49/2002, la deducción se sitúa en el 10 % de las cantidades donadas.
Las donaciones a partidos políticos y coaliciones también son deducibles, con una tasa de deducción del 20% y una base máxima de 600 euros anuales.
Es importante destacar que existen límites para la deducción, que no pueden exceder el 10 % de la base liquidable del contribuyente en ese ejercicio, aunque este límite se eleva al 15 % para donativos destinados a actividades prioritarias de mecenazgo.

Las donaciones a partidos políticos y coaliciones también son deducibles

Además de estas deducciones estatales, algunas comunidades autónomas ofrecen deducciones adicionales, que deben ser revisadas por los contribuyentes que residen en dichas regiones.
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