
La ministra de Trabajo y vicepresidenta segunda del Gobierno de España, Yolanda Díaz
Aprobada en el Consejo de Ministros
Claves de la reducción de jornada: de cuándo entrará en vigor a las multas a las empresas incumplidoras
Después del tira y afloja entre el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Economía, el Consejo de Ministros ha aprobado este martes, 4 de febrero, el anteproyecto de ley de la reducción de la jornada. En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha puesto en valor esta medida que servirá para «modernizar» el país y ha asegurado que «hoy es un día histórico».
A pesar de su aprobación, esta medida todavía no llegará al Congreso de los Diputados porque primero tendrá que pasar por el Consejo de Estado y el Consejo Económico y Social (CES) para que emitan sus preceptivos informes. Después volverá al Consejo de Ministros como proyecto de ley, lo que Trabajo estima que se producirá a finales de febrero.
A partir de ahí entrará ya en el Congreso, donde se tramitará por la vía de urgencia, y donde los grupos parlamentarios podrán introducir enmiendas antes de su aprobación definitiva. Una vez se haya votado en la Cámara Baja, pasará al Senado que dispone para vetar o enmendar el proyecto veinte días naturales al tratarse de un proyecto declarado urgente.
El objetivo de Trabajo es que la norma esté publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) antes del verano para que las empresas puedan tener unos meses de adaptación, pues, según lo acordado, los convenios colectivos que tengan más de 37,5 horas semanales de jornada en promedio anual tendrán hasta el 31 de diciembre de 2025 para adaptarse a la jornada máxima de 37,5 horas.
El anteproyecto es fruto del acuerdo que firmaron el pasado mes de diciembre el Ministerio que dirige Yolanda Díaz y los sindicatos Comisiones Obreras (CCOO) y UGT, y del que se quedó fuera la patronal al entender que esta medida no se debería incorporar al Estatuto de los Trabajadores, sino dejarla en mano de la negociación colectiva e incluirse en los convenios. Aunque, al igual que ocurrió con la reforma laboral, el que se apruebe definitivamente en las cortes estará muy lejos del anteproyecto inicial, ya que incorporará las enmiendas de los distintos grupos parlamentarios.
De hecho, el ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo, se muestra convencido de que se logrará un acuerdo con los grupos parlamentarios para sacar adelante la norma y también en que habrá acuerdo respecto al paquete de ayudas a las empresas, especialmente pymes, para que puedan «absorber» la rebaja de la jornada laboral sin generarles efectos negativos.
Registro de jornada y desconexión digital
Uno de los puntos más comprometidos del anteproyecto es el del registro de la jornada, que deberá realizarse por medios digitales. Además, también se tendrán que registrar las horas extras realizadas diariamente.
Este registro tendrá que ser rellenado por los trabajadores, para que la empresa no pueda condicionar su contenido. Y se tendrán que registrar todas aquellas interrupciones que afecten a su cómputo, así como desgranar las horas realizadas en ordinarias, extra o complementarias. Y deberá ser accesible de forma remota para la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
El acuerdo también refuerza el derecho a la desconexión digital de los trabajadores. Esto supone el no estar localizable fuera del horario de trabajo, sobre el que no podrá haber consecuencias negativas o represalias por no atender las comunicaciones de la empresa en este tiempo.
Endurecimiento de sanciones
El anteproyecto también incorpora el endurecimiento de las sanciones para aquellas empresas que incumplan el registro horario y la reducción de la jornada laboral de 37,5 horas.
Así, en su grado mínimo las multas son de 1.000 a 2.000 euros; de 2.001 a 5.000 euros, en su grado medio; y en su grado máximo, de 5.001 a 10.000 euros.
Contratos a tiempo parcial
Los contratos a tiempo parcial con duración igual o superior a las 37,5 horas semanales de promedio «se convertirán automáticamente en contratos de trabajo a tiempo completo» a partir de la aplicación de la nueva jornada laboral.
En el caso de los contratos con una duración inferior a las 37,5 horas, los trabajadores a tiempo parcial, así como los trabajadores con jornada reducida, tendrán derecho a seguir realizando el mismo número de horas de trabajo que viniesen efectuando antes de la entrada en vigor de la norma. Además, tendrán derecho a que se incremente de manera proporcional su salario a partir de la aplicación de la jornada laboral de 37,5 horas.