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Declaración de la Renta 2024 - 2025
Esta es la función de la referencia y el valor catastral en tu declaración de la Renta
Cuando llega la campaña de la declaración de la Renta, uno de los datos que conviene tener a mano es la información catastral de nuestra vivienda
En la actualidad, cuando se tiene que incluir un inmueble en la declaración de la Renta también se ha de añadir su referencia catastral. Según el portal del Ministerio de Hacienda: «Gracias a la referencia catastral se sabe con exactitud de qué bien inmueble se trata en los negocios jurídicos (compraventas, herencias, donaciones, etc.), no confundiéndose unos bienes con otros».
En este sentido, da igual si se trata de un piso grande, una casa en el pueblo o unos terrenos. Todas las propiedades están registradas con un identificador único, algo similar a una matrícula, que permite conocer con exactitud dónde se encuentran y a quién pertenecen, incluso cuando hay varios propietarios.
Concretamente, para consultar la referencia catastral de una propiedad, se puede acceder a la Sede Electrónica del Catastro y utilizar el localizador disponible en su página web. Basta con introducir la dirección del inmueble o buscarlo directamente en el mapa interactivo.
Además, esta información también puede encontrarse en el último recibo del pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), en un certificado emitido por el Ayuntamiento o en las escrituras públicas del inmueble, siempre que conste la referencia catastral.
El valor catastral
El valor catastral es la valoración oficial de un inmueble realizada por el Catastro, un organismo dependiente del Ministerio de Hacienda. Para calcularlo, se tienen en cuenta factores como la localización, la antigüedad del edificio y el coste del suelo. El valor, que tiene una gran relevancia en aspectos fiscales, no puede superar el precio de mercado y, por lo general, se sitúa en torno a la mitad del mismo.
En los rendimientos del capital inmobiliario —como sucede cuando se alquila una vivienda o un local— el propietario puede aplicarse una amortización del 3 % anual sobre el valor catastral de la edificación. Esta deducción se aplica únicamente sobre el valor correspondiente a la construcción, es decir, excluyendo el valor del suelo.
En el caso de la renta en especie, cuando un empresario pone a disposición de su trabajador una vivienda de su propiedad, este deberá declarar el 5 % del valor catastral del inmueble como rendimiento del IRPF. Si el valor catastral no ha sido revisado en los últimos 10 años, la base de la declaración se incrementará al 10 %.
Finalmente, la llamada imputación de rentas —que se aplica cuando se posee un bien inmueble urbano que no es vivienda habitual, no está afecto a actividad económica y no está alquilado— se calcula multiplicando el número de días en que el bien está vacío, por el valor catastral, por el 2 % (o por el 1,1 % si el valor no ha sido revisado por la CC.AA.), y todo ello dividido entre 12.