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Un hombre espera su turno en la Agencia Tributaria para presentar la declaraciónEuropa Press

Declaración Renta 2024-2025

Estos ingresos no cuentan como segundo pagador en la declaración de la Renta, según Hacienda

No todos los contribuyentes están obligados a tener que presentar la declaración, pero desde la Agencia Tributaria se establece una serie de límites

La campaña de la Renta correspondiente al ejercicio de 2024 comenzó el 2 de abril y finalizará el 30 de junio. De hecho, millones de contribuyentes están obligados a rendir cuentas ante Hacienda, que ha emitido un mensaje para aquellos que tienen dos pagadores. En su caso, el límite para presentar la declaración es más bajo, dado que está fijado en 15.876 euros brutos anuales, siempre que el segundo o sucesivos pagadores hayan superado los 1.500 euros.

En este sentido, desde el Ministerio de Hacienda también se advirtió que este límite puede superarse en ciertos casos. Es decir, si hemos recibido más de 1.500 euros por alguno de los conceptos que Hacienda no considera como segundo pagador, y aunque el total de ingresos supere los 15.876 euros, no estaremos obligados a presentar la declaración.

Para esta campaña, la Agencia Tributaria ha establecido una serie de límites que dependen del número de pagadores y del total de ingresos percibidos durante todo el ejercicio de 2024. Los límites para declarar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) son los siguientes:

Un solo pagador: todos aquellos contribuyentes que hayan obtenido ingresos iguales o superiores a 22.000 euros anuales.
Dos pagadores o más: si el segundo pagador no supera los 1.500 euros anuales, el límite se mantiene en 22.000 euros. En cambio, si el segundo o alguno de los pagadores supera los 1.500 euros, se reduce el umbral y deberán declarar todos aquellos que hayan percibido 15.876 euros o más.

Concretamente, esta normativa afecta especialmente a aquellos que hayan cambiado de empleo durante el año o hayan recibido alguna prestación del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), ya que también se consideran como un pagador a efectos legales.

¿Qué no es considerado como segundo pagador?

Desde Hacienda han explicado que no se considera como segundo pagador los pagos delegados ni las sucesiones tributarias entre empresas. Además, tampoco se incluyen como pagadores las indemnizaciones por los siguientes casos: accidente, ayudas a víctimas del terrorismo, pensiones y prestaciones por dependencia, acogida, becas o rentas mínimas.

¿Tener dos pagadores implica pagar más?

Por otro lado, uno de los temores más comunes entre los contribuyentes es que, al tener dos o más pagadores, la declaración termine saliendo a pagar. No obstante, la realidad es bastante diferente, ya que la clave no está en el número de pagadores, sino en las retenciones aplicadas por el segundo pagador.

En la actualidad, el segundo pagador suele aplicar una retención de IRPF más baja, como si fuera el único pagador, sin tener en cuenta los ingresos que el contribuyente ha recibido de otro empleo o prestación. Al momento de hacer la declaración, Hacienda calcula lo que se debería haber retenido en total y, si esa cantidad es inferior a la que corresponde, la diferencia deberá abonarse.