El trabajador tiene derecho preferente a reincorporarse si se genera una vacante de similar categoría
Empleo
¿Puedo pedir una excedencia para trabajar en otra empresa? Esto es lo que dice la ley
El trabajador debe respetar la buena fe contractual y evitar ocupar un puesto en una empresa que compita con aquella de la que ha solicitado la excedencia
Uno de los derechos reconocidos en el ámbito laboral es la excedencia voluntaria. De hecho, este mecanismo permite al trabajador interrumpir su contrato durante un tiempo determinado, sin que ello implique la finalización de su relación con la empresa. No obstante, para poder acceder a esta modalidad es necesario cumplir ciertos requisitos.
Concretamente, para solicitar una excedencia voluntaria se debe haber trabajado al menos un año en la empresa, que hayan transcurrido cuatro años desde el término de una excedencia voluntaria anterior, y respetar las obligaciones de buena fe durante el periodo de excedencia.
De la misma manera, es importante dejar claro que la excedencia voluntaria no garantiza la reserva del mismo puesto de trabajo. Sin embargo, el trabajador tiene derecho preferente a reincorporarse si se genera una vacante de similar categoría.
Por ello, aunque sí es posible solicitar una excedencia para trabajar en otra empresa, desde Campmany Abogados advierten que es fundamental comprobar que no se haya suscrito un pacto de dedicación exclusiva. Además, aunque no exista dicho acuerdo, el trabajador debe respetar la buena fe contractual y evitar ocupar un puesto en una empresa que compita directamente con aquella de la que ha solicitado la excedencia.
sanciones por incumplir estas obligaciones
¿Te pueden despedir?
Según establece el artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores, «la excedencia voluntaria general puede solicitarse por un período mínimo de cuatro meses y un máximo de cinco años». En el caso de la excedencia para el cuidado de hijos, la duración permitida es de «hasta tres años por cada hijo, contados desde el nacimiento o la adopción».
Otro detalle importante que deben conocer los trabajadores es que no pueden ser despedidos por el hecho de haber solicitado o estar disfrutando de este derecho. El despido solo sería válido si responde a causas objetivas o disciplinarias ajenas a la excedencia, y debe ser debidamente justificado.
Si se produjera un despido motivado únicamente por la solicitud o disfrute de la excedencia, este sería considerado nulo, lo que implicaría la obligación de la empresa de readmitir al trabajador y abonar los salarios dejados de percibir durante el proceso.
En caso de despido improcedente o nulo relacionado con la excedencia, el trabajador puede interponer una demanda ante la jurisdicción social, solicitando la declaración de nulidad y la restitución de sus derechos laborales.