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Renta

¿Qué pasa si no hago la declaración de la renta 2024-2025? Las multas a las que se enfrenta todo contribuyente

Las multas por no presentar la declaración de la renta varían de acuerdo con la resolución y si es o no Hacienda quien lo notifica

La declaración de la renta 2024 - 2025 tiene como fecha límite de entrega el 30 de junio. En menos de dos semanas se pone fin al plazo y aquellos contribuyentes que no la presenten, ya sea a conciencia o por un despiste, pueden toparse con multas económicas que afectarán en mayor o menor medida a sus bolsillos.

Por norma general, las sanciones en España por no realizar la gestión de la Agencia Tributaria varían desde los 100 euros hasta el 150 % de la cantidad a pagar, en función de si la resolución resulta a pagar o a devolver, así como el impacto que pueda tener sobre la Administración. A su vez, la cuantía de la multa puede variar en función de si la omisión de la presentación de la declaración es detectada y expuesta por parte del contribuyente o por parte de la Agencia Tributaria.

Declaración a devolver o a cero

En caso de que la declaración concluya a devolver o a cero, y el contribuyente informe del error, Hacienda se encargará de ingresar la cantidad correspondiente, pero con una sanción de 100 euros sobre la cantidad. En el caso contrario, si Hacienda notifica el error, el dinero también será devuelto al contribuyente pero la sanción que se aplicará será mayor, de 200 euros.

Declaración a pagar

La situación cambia por completo en caso de que la resolución del tramite resulte a pagar. En este caso se implicaría un recargo adicional al importe del 1 %, que aumentará por cada mes de retraso un 1 % adicional. Si la presentación se produce pasados los 12 meses del plazo establecido, el recargo ascenderá al 15 %, a lo que se suman los intereses de demora por el tiempo que pase desde el día siguiente a que se haya cumplido ese año hasta que se haga efectiva la presentación.

Por otro lado, en caso de que sea Hacienda la que detecte la omisión en la presentación, esta emitirá una notificación al contribuyente para que este la presente de forma adecuada. Una vez el trámite sea realizado, se aplicará una multa de entre el 50 % y el 150 % de la cantidad a pagar. No obstante, si se procede a pronto pago y no se efectúa reclamación alguna, se podrá disfrutar de una reducción del 25 % si se paga en el periodo voluntario, que es el que transcurre en los cinco días hábiles posteriores a la notificación.