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Persona trabajando en casa

Persona trabajando en casaGetty Images/FujiCraft

Estas son las deducciones a las que se pueden acoger los autónomos que trabajen desde casa

La Dirección General de Tributos y el Tribunal Supremo fijan criterio sobre las desgravaciones en el alquiler y los suministros

Los autónomos que trabajan desde casa se pueden deducir parte del alquiler en la declaración de la renta. Así lo ha confirmado la Dirección General de Tributos (DGT), organismo dependiente del Ministerio de Hacienda, en una resolución del pasado 11 de julio, en la que se responde a una consulta hecha por una abogada, y que ha sido adelantada por El Economista.

En ella se establece que se pueden desgravar un 30 % de los gastos proporcionales a la parte de la vivienda destinada a la actividad profesional, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos. Por un lado, si dicho alquiler se utiliza de manera parcial para el desarrollo de la actividad económica, «solo se considerarán afectadas aquellas partes de los elementos patrimoniales que sean susceptibles de un aprovechamiento separado e independiente del resto».

Sin embargo, para poder aplicar dicha deducción, este gasto «tiene que figurar en la contabilidad o registros oficiales de la actividad económica que esté obligado a llevar el contribuyente», así como estar convenientemente justificado.

Eso sí, los servicios de Gestión e Inspección de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria serán los encargados de comprobar «la justificación de las deducciones y gastos, así como valorar las mismas».

El Supremo también fija criterio

El Tribunal Supremo también se ha pronunciado sobre las deducciones a las que tienen derecho los autónomos que trabajen desde sus hogares. En una sentencia dictada el pasado 15 de julio, el alto tribunal confirma que tanto los autónomos como los pequeños empresarios se pueden deducir en el IVA los gastos de suministros como son el agua, la luz y el gas.

No obstante, solo podrán desgravarse de forma proporcional al espacio usado para el negocio. Con este criterio, en el caso analizado, en el que se utilizaba la planta baja como despacho, y que equivalía a la mitad de la superficie del inmueble, el fallo del Supremo establece que se pueda deducir el 50 % de los gastos de suministro.

Además, al contribuyente no solo se va a bastar con afirmar que dispone de un espacio de trabajo en su hogar. Tendrá que demostrar, con documentación objetiva, que se destina una parte concreta del inmueble a desarrollar su actividad económica.

«Planos, contratos de arrendamiento o escrituras, facturas de suministros a nombre del autónomo, fotografías o incluso comunicaciones profesionales pueden servir para demostrar esa afectación y garantizar la validez de la deducción frente a Hacienda», explican desde el portal inmobiliario, Idealista.

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