Edificio de pisos en Barcelona.
Cataluña refuerza el control sobre los pisos vacíos para facilitar recargos sobre el IBI
El gobierno catalán quiere estrechar el control sobre los pisos desocupados de forma permanente durante más de dos años sin causa justificada
El Gobierno catalán aprovechará la ley de acompañamiento de los presupuestos de la Generalitat de 2026 para «facilitar los procedimientos de inspección y control del impuesto de los pisos vacíos», con el fin de que los ayuntamientos «puedan aplicar los recargos sobre el IBI permitidos por la ley».
Esta es una de las medidas incluidas por el Govern en la llamada ley de acompañamiento de los presupuestos, un texto que el Ejecutivo catalán ha remitido al Consell de Treball Econòmic i Social (CTESC) y al que ha tenido acceso EFE, un documento que implica la supresión de 19 tasas en Cataluña y la creación de tres nuevas.
La normativa de haciendas locales permite actualmente a los ayuntamientos aplicar un recargo de hasta el 50 % de la cuota líquida del IBI a los inmuebles de uso residencial desocupados, y el gobierno catalán quiere estrechar el control sobre los pisos desocupados de forma permanente durante más de dos años sin causa justificada.
La ley de acompañamiento incluye un paquete de modificaciones a la ley del derecho a la vivienda, de 2007, para «reforzar la transparencia en el mercado del alquiler» e incrementar la seguridad jurídica tanto para las administraciones como para los arrendatarios".
Mayor publicidad para las viviendas en alquiler
En lo que respecta a la información al consumidor, se clarifica «el contenido mínimo obligatorio de la publicidad de las viviendas de alquiler, que debe incluir: el precio máximo aplicable según el sistema de contención de rentas, la cédula de habitabilidad, el certificado de eficiencia energética y la indicación de si la propiedad es un gran tenedor».
Aunque ya es una práctica habitual en los nuevos contratos de alquiler que se firman en Cataluña, la ley de acompañamiento subraya la obligatoriedad «de adjuntar a los contratos de arrendamiento el documento acreditativo del precio según el índice de referencia, para evitar prácticas fraudulentas y reforzar la prueba documental en procedimientos sancionadores».
Asimismo, «se intensifica la obligación de inscribir en el Registro de fianzas tanto el contrato como el certificado del precio de referencia, permitiendo a la Agencia de la Vivienda de Cataluña automatizar la inspección y obtener directamente la documentación necesaria para detectar infracciones».
«El régimen sancionador en materia de contención de rentas se refuerza, incorporando sanciones específicas por la falsificación de información y exigiendo la correspondencia estricta entre la renta contractual y la normativa vigente», asegura la ley de acompañamiento.
También se permite incrementar el número de viviendas de protección oficial sin incrementar la edificabilidad, protegiendo el precio de las viviendas resultantes.
En ámbitos declarados como zona de mercado residencial tensionado, se habilita implantar el uso de vivienda de protección pública en suelos calificados como de uso terciario en el planeamiento vigente.