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Más allá de los pagos comerciales, vigilan de cerca los movimientos bancarios de los particulares

Hacienda endurece el control del efectivo: sanciones por no declarar ingresos o retiradas

Si detectan que esos movimientos no concuerdan con tu perfil de ingresos declarados, es muy probable que recibas un requerimiento para justificar el origen

La Agencia Tributaria ha puesto en marcha este año una nueva fase en su cruzada contra la economía sumergida, estrechando aún más el cerco sobre el uso de dinero en efectivo mediante el uso de inteligencia artificial y el cruce masivo de datos bancarios.

El foco principal de las inspecciones sigue siendo el límite legal de pagos. En España, está prohibido pagar en efectivo cualquier operación de importe igual o superior a 1.000 euros cuando una de las partes actúe en calidad de empresario o profesional. Esta norma, que busca eliminar el fraude del IVA, implica que si la factura de una reforma, un coche o un servicio legal supera esa cifra, debe pagarse obligatoriamente mediante transferencia o tarjeta para dejar rastro digital.

Si se incumple, la sanción es severa: una multa del 25 % del valor total de la operación, que deben pagar solidariamente tanto el pagador como el cobrador, salvo que una de las partes denuncie a la otra ante Hacienda antes de tres meses, en cuyo caso el delator queda exonerado.

El «Gran Hermano» fiscal

Más allá de los pagos comerciales, vigilan de cerca los movimientos bancarios de los particulares. Aunque retirar o ingresar dinero de tu propia cuenta es legal, las entidades financieras están obligadas por ley a notificar automáticamente a Hacienda cualquier movimiento de efectivo que supere los 3.000 euros, así como cualquier operación, por pequeña que sea, que involucre billetes de 500 euros.

Esto no significa que te vayan a sancionar por sacar tus ahorros, pero sí que se activará una alerta en el sistema de la Agencia Tributaria. Si el algoritmo detecta que esos movimientos no concuerdan con tu perfil de ingresos declarados o tu actividad económica habitual, es muy probable que recibas un requerimiento para justificar el origen o destino de esos fondos, exponiéndote a una inspección por ganancia patrimonial no justificada si no puedes acreditar su procedencia.

El transporte físico de capitales

Por último, existe una normativa específica para el transporte físico de capitales que a menudo se pasa por alto y conlleva sanciones inmediatas. Si pretendes mover dinero en efectivo por el territorio nacional —llevándolo en el bolsillo, en una maleta o en el coche—, el límite está fijado en 100.000 euros. Para cantidades iguales o superiores, es obligatorio rellenar y llevar encima el formulario S1 de declaración previa.

Si el desplazamiento es para entrar o salir de España hacia el extranjero, el límite baja a los 10.000 euros. En caso de que la Policía o la Guardia Civil te intercepten con estas cantidades sin el formulario sellado, el dinero será intervenido provisionalmente y te enfrentarás a una multa mínima de 600 euros y máxima del 50 % del valor del dinero hallado, además de la obligada investigación sobre el posible blanqueo de capitales.