A modo de conclusión, el asesor resume estas tres disposiciones como un elemento de protección básica
Vivienda
Olga Ramírez, agente inmobiliario: «Nunca alquiles tu vivienda sin poner estas tres cláusulas en el contrato»
La ausencia de determinadas condiciones contractuales puede convertir un ingreso estable en un problema económico y legal para el propietario
Alquilar una vivienda puede parecer, a priori, una fuente de ingresos segura. Sin embargo, según advierte un asesor inmobiliario en un vídeo publicado en redes sociales, la falta de determinadas cláusulas en el contrato puede transformar esa estabilidad en una situación conflictiva. En su intervención, el creador de contenido detalla tres disposiciones que considera esenciales para proteger al arrendador.
Desde el inicio del vídeo, Olga Ramírez, es tajante: «Nunca alquiles tu vivienda sin poner estas tres cláusulas en el contrato, porque si no las pones lo que comienza siendo un ingreso fijo puede convertirse en tu peor pesadilla». A partir de ahí, desgrana una a una las condiciones que, a su juicio, deberían figurar por escrito.
La primera de ellas es la cláusula resolutoria exprés. Según explica, esta estipulación permite que el contrato quede automáticamente extinguido en caso de impago por parte del inquilino. «Esta dice que si el inclino no paga el contrato se da por terminado automáticamente», señala en su explicación, subrayando la importancia de prever este escenario desde el inicio de la relación contractual.
La segunda cláusula que destaca está relacionada con la actualización de la Renta. En un contexto de inflación, el asesor recuerda que los precios tienden a incrementarse año tras año y que no contemplar este ajuste puede suponer una pérdida progresiva de valor para el propietario. «Tú sabes que con la inflación los precios van subiendo cada año y si no la incluyes tu vivienda va perdiendo dinero cada mes», afirma.
Mantenimiento y reparaciones menores
Por último, el creador de contenido se detiene en la cláusula de mantenimiento y reparaciones menores. En este punto, diferencia entre pequeñas actuaciones cotidianas y averías de mayor envergadura. «Porque no es lo mismo cambiar una bombilla que cambiar la caldera», explica, advirtiendo de que, si no se especifica claramente en el contrato, el coste puede acabar recayendo en el arrendador.
A modo de conclusión, el asesor resume estas tres disposiciones como un elemento de protección básica para el propietario. «Estas tres cláusulas son tu escudo y sin ellas le estás dejando la puerta abierta a problemas caros y a inquilinos listillos», sostiene.
En el tramo final del vídeo, el autor menciona la posibilidad de revisar contratos de alquiler y remite a una guía explicativa sobre estas cuestiones, enmarcando su mensaje en la necesidad de prevenir conflictos antes de que se produzcan. Queda así planteado un aviso que se suma al debate recurrente sobre la seguridad jurídica en el mercado del alquiler y la importancia de una redacción contractual detallada.