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En 2021 el número de herencias rechazadas ha alcanzado su máximo histórico

La normativa prevé este problema y ofrece una solución claraMZ

Pablo Ródenas, abogado: «El impuesto de sucesiones se puede pagar con el dinero del fallecido»

La ley permite abonar el tributo con fondos del fallecido, incluso cuando las cuentas están bloqueadas

Cuando fallece un familiar, una de las dudas más frecuentes y angustiosas para los herederos es si tendrán que poner dinero de su bolsillo para poder heredar. La situación suele repetirse. Tras el fallecimiento, las cuentas bancarias quedan bloqueadas y aparece el temor de no poder pagar el impuesto de sucesiones. Si no se paga el impuesto, no se hereda. Pero si no se hereda, ¿de dónde sale el dinero para pagarlo? La paradoja parece evidente, aunque en realidad la legislación ya contempla este escenario.

La normativa prevé este problema y ofrece una solución clara. No es necesario adelantar dinero propio, ni recurrir a préstamos, ni generar tensiones familiares para cumplir con esta obligación fiscal. Existe un procedimiento legal que permite afrontar el pago sin que el heredero tenga que utilizar sus ahorros.

El respaldo jurídico se encuentra en el artículo 80.2 del 'Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones'. Esta disposición autoriza expresamente a las entidades bancarias a liberar fondos de las cuentas del fallecido de forma limitada y exclusiva para el pago del impuesto. Es decir, aunque las cuentas estén bloqueadas, el banco puede disponer del dinero necesario para ingresar el importe correspondiente en Hacienda.

En términos prácticos, el impuesto se paga con el dinero del causante. No se abona con fondos del heredero ni mediante soluciones improvisadas. La entidad financiera únicamente libera la cantidad exacta que figure en la autoliquidación del impuesto, sin permitir otros movimientos hasta que se complete el proceso sucesorio.

Para que este trámite se realice correctamente, es imprescindible acreditar la situación ante el banco mediante la documentación legal correspondiente. Una vez presentada, la entidad verifica los datos y procede a desbloquear solo el importe necesario para cumplir con Hacienda, garantizando así que el pago se realiza conforme a la ley.

Pagar el impuesto con la herencia

En paralelo, conviene desmontar uno de los mitos más extendidos en materia de herencias. El llamado tercio de libre disposición no reduce impuestos ni es un requisito para poder pagar el impuesto de sucesiones con el dinero del fallecido. La posibilidad de utilizar los fondos del causante está reconocida por la normativa con independencia de que exista o no un testamento específico o una determinada distribución hereditaria.

De este modo, el verdadero problema no suele ser el impuesto en sí, sino el desconocimiento del procedimiento legal para abonarlo. Saber cómo funciona este mecanismo evita bloqueos innecesarios en un momento especialmente delicado y permite afrontar la herencia con mayor seguridad jurídica. Queda por ver hasta qué punto esta información, aún poco conocida, logra reducir la angustia que acompaña a muchos procesos sucesorios.

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