Hacienda dispone ahora de lo que el banco dice que has cobrado y de lo que tú declaras
Hacienda empieza a controlar los Bizum: qué debes saber si eres particular, autónomo o empresa
Su uso masivo en comercios y servicios ha llevado al Gobierno a eliminar los antiguos umbrales de discreción
La entrada en vigor del Real Decreto 253/2025 el pasado 1 de enero de 2026 ha marcado un antes y un después en la fiscalización de los pagos digitales en España. Lo que hasta ahora era una zona gris para muchos pequeños movimientos económicos ha pasado a ser un terreno de transparencia total para la Agencia Tributaria.
De hecho, aunque Bizum nació como una herramienta entre amigos, su uso masivo en comercios y servicios ha llevado al Gobierno a eliminar los antiguos umbrales de discreción, obligando a los bancos a informar mensualmente de la facturación de empresas y autónomos sin importar cual sea importe.
Para el ciudadano normal, la noticia es de tranquilidad. Hacienda ha emitido notas aclaratorias confirmando que los pagos esporádicos entre familiares o amigos no generan ninguna obligación fiscal nueva. Estos movimientos no se consideran rendimientos y, por tanto, no hay que incluirlos en la declaración de la Renta.
El único semáforo rojo para un particular aparece si el volumen de envíos supera los 10.000 euros anuales o si la recurrencia de los pagos sugiere una actividad comercial encubierta (como ventas constantes en plataformas de segunda mano), lo que podría activar una inspección automática.
Se acabó el límite de los 3.000 euros
El verdadero cambio radical recae sobre quienes utilizan Bizum como vía de cobro profesional. Desde este mes, las entidades financieras reportan cada mes a la AEAT la facturación acumulada de cada negocio a través de este sistema.
Se acabó el límite de los 3.000 euros que servía de barrera informativa. Ahora, cada céntimo cobrado deja una huella digital que Hacienda cruzará con las declaraciones de IVA e IRPF. La recomendación de los expertos es que cada Bizum recibido por un servicio debe ir acompañado de su correspondiente factura o tique, y es vital separar la cuenta personal de la profesional para evitar que un ingreso privado se confunda con una venta no declarada.
Sanciones
Ignorar estas reglas puede salir caro. Hacienda dispone ahora de lo que el banco dice que has cobrado y de lo que tú declaras en tus modelos trimestrales. Cualquier descuadre significativo puede derivar en sanciones que parten de los 600 euros por infracciones leves, pudiendo llegar al 150 % de la cantidad ocultada si se demuestra intención de fraude.
En este nuevo escenario, la contabilidad organizada y la identificación clara de los conceptos en cada envío son la mejor defensa para evitar que una herramienta tan cómoda como Bizum se convierta en una pesadilla fiscal.