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La doctrina distingue entre la grabación propia y la intromisión en comunicaciones ajenasGetty Images/mesh cube

Empleo

Ignacio de la Calzada, abogado laboralista: «Grabar a tu jefe es legal y no requiere su consentimiento»

Según afirma, este tipo de grabaciones pueden convertirse en una prueba determinante en un procedimiento judicial

La creencia de que grabar al jefe sin su permiso es ilegal está ampliamente extendida en el ámbito laboral. Sin embargo, el abogado laboralista Ignacio de la Calzada sostiene que se trata de un mito y que la jurisprudencia española es clara al respecto. «¿Aun crees que grabar a tu jefe es ilegal? Pues estás muy equivocado, es un mito. Es totalmente legal y no requiere su consentimiento», afirma, quien subraya que este tipo de grabaciones pueden convertirse en una prueba determinante en un procedimiento judicial.

Según explica, «la mejor prueba que puedes tener en un juicio es una grabación», especialmente en conflictos relacionados con horas extras no abonadas, pagos en negro o incluso despidos verbales. «Yo lo he usado muchas veces», añade, destacando su experiencia profesional.

No obstante, matiza que esta práctica exige cumplir una condición concreta. «Es totalmente y absolutamente legal según los tribunales, pero requiere este requisito», señala. Y aclara de inmediato: «Y no, no es el consentimiento».

«Graba y que no te engañen»

El elemento decisivo es que quien graba participe en la conversación. Tal y como recuerda, el Tribunal Constitucional ya fijó este criterio en 1984, estableciendo que «no se vulnera el derecho al secreto de las comunicaciones si grabas una conversación en la que tú intervengas».

En términos prácticos, la diferencia es sencilla. Si una persona graba una conversación en la que está presente y participa activamente, la grabación puede ser válida como prueba. En cambio, dejar un dispositivo grabando una conversación ajena en la que no se interviene sí vulneraría la ley.

«Vamos, que si yo cojo este móvil y me pongo a grabar una conversación donde estoy yo, válido. Pero si yo cojo este móvil, lo pongo a grabar, lo dejo aquí y me voy, eso sí que no es legal», ejemplifica.

De este modo, la doctrina distingue entre la grabación propia y la intromisión en comunicaciones ajenas. «Así que graba y que no te engañen», concluye Ignacio, insistiendo en que la clave no está en pedir permiso, sino en formar parte directa del diálogo.

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