José Luis Escrivá era el ministro de Seguridad Social cuando se produjo el rescate.
El Gobierno niega tratos de favor a Plus Ultra en sus deudas con la Seguridad Social
Fuentes cercanas a Escrivá han indicado que este nunca ha tratado con nadie sobre Plus Ultra ni su posible rescate
La aerolínea Plus Ultra obtuvo un aplazamiento de su deuda con la Seguridad Social que se ciñó «a la normativa vigente» como ocurrió con otras empresas, según han asegurado fuentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
En un auto fechado el pasado lunes, el juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama, que investiga el papel del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero en la concesión de préstamos a Plus Ultra tras el estallido de la pandemia, cuestiona la pertinencia de esa asistencia al entender que se encontraba en causa de disolución y no cumplía los requisitos.
Entre los requisitos exigidos para acceder a los recursos del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas (FASEE) habilitado para asistir a las compañías que vieron comprometida su viabilidad a raíz del estallido de la pandemia de covid, gestionado por SEPI, figura la obligación de hallarse al corriente, a 31 de diciembre de 2019, en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
En su solicitud, Plus Ultra adjuntó dos certificados de estar al corriente en dichas obligaciones, uno de ellos firmado por el subdirector general adjunto de la TGSS, José Luis Encinas Prado, y otro por Belén Fruiters Casado, jefa de Sección en la Subdirección Provincial de Gestión recaudatoria de la Dirección Provincial de la TGSS de Madrid.
Ambos aseguraban que la compañía «no tenía pendiente de ingresos, en agosto de 2020, ninguna reclamación por deudas ya vencidas con la Seguridad Social».
Sin embargo, un asesor externo de Deloitte contratado por SEPI para examinar la situación de Plus Ultra constató en febrero de 2021 que la aerolínea le había facilitado documentación relativa a una deuda preexistente con la Seguridad Social cuyo importe era de 451.954,79 euros, según recoge el auto.
Frente a estas consideraciones del juez, fuentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, cuyo titular era entonces el actual gobernador del Banco de España, José Luis Escrivá, explican que dentro del ámbito de competencia de la TGSS está la tramitación de los aplazamientos, «que se efectúa siguiendo el máximo rigor y la legalidad vigente, sin ánimo de perjudicar o favorecer a una compañía concreta y de acuerdo con criterios estrictamente técnicos».
El aplazamiento de cuotas es una herramienta habitual que solicitan muchas empresas en momentos puntuales, y que durante la pandemia de covid se utilizó de forma más intensiva. Para ello, las empresas tienen que acreditar una dificultad transitoria de liquidez y su viabilidad de pagar los vencimientos del aplazamiento, que se debe justificar con garantías.
La misma fuente añade que la concesión del aplazamiento a Plus Ultra «se ciñó en ese momento a la normativa vigente y al proceder normal en una situación de este tipo, y todos los aplazamientos concedidos finalizaron por pago».
En su auto, Calama recuerda que en septiembre de 2020 Escrivá se reunió con Zapatero en la sede del Ministerio de Trabajo, «tal y como aparece» en un mensaje del director de la Unidad de Emergencias, Coordinación y Gestión de Crisis del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Escrivá niega ayudas
Fuentes cercanas a Escrivá han indicado que este nunca ha tratado sobre Plus Ultra ni su posible rescate con nadie, ya que es una materia además que no tenía relación con sus competencias como ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Tampoco tuvo nunca conocimiento ni participación alguna en la aprobación de aplazamientos de deudas con la Seguridad Social u otras medidas de liquidez, o en la expedición de certificados de estar al corriente de pago por parte de la Seguridad Social en relación con ninguna empresa o entidad, añade la misma fuente.
Se trata de actuaciones de carácter técnico adoptadas en la TGSS, sin que existiera ninguna participación o conocimiento de las empresas beneficiarias por parte del entonces ministro.