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El mes de junio marca el primer hito de desembolso de la paga extraordinariaEP

Pensiones

Estos son los jubilados que cobrarán un extra de 3.359 euros en la pensión de junio

Las estimaciones oficiales de la Seguridad Social prevén que en torno a 200.000 pensionistas se beneficien de este techo retributivo en el país

La pensión máxima de jubilación en España ha experimentado un incremento de casi 92 euros mensuales respecto al periodo anterior, situándose para este ejercicio de 2026 en una cuantía de 3.359,60 euros brutos al mes. Esta actualización responde a la revalorización generalizada del 2,7 % ligada al Índice de Precios de Consumo (IPC), sumada al porcentaje de incremento adicional fijado en las últimas reformas normativas para las prestaciones más altas.

De este modo, los beneficiarios de este tope máximo percibirán un ingreso total de 47.034,40 euros brutos a lo largo del año, una cifra que incluye el prorrateo de las 14 pagas reglamentarias.

Precisamente, el mes de junio marca el primer hito de desembolso de la paga extraordinaria, lo que elevará la nómina mensual de los perceptores hasta los 6.719,20 euros brutos, una cantidad duplicada que volverá a repetirse de cara a la campaña de noviembre con la última paga extra del año.

Las estimaciones oficiales de la Seguridad Social prevén que en torno a 200.000 pensionistas se beneficien de este techo retributivo en el país.

Condiciones para el cobro

Para tener derecho al cobro de esta prestación máxima, el sistema previsional exige el cumplimiento estricto de una serie de requisitos de edad, cotización previa y base reguladora.

En primer lugar, los trabajadores deben haber aportado al sistema sobre la base máxima de cotización, fijada para este año 2026 en 5.101,20 euros al mes. Asimismo, para consolidar el derecho al 100 % de dicha base reguladora, es indispensable acumular un historial laboral mínimo de 36 años y medio cotizados.

Requisitos de la jubilación ordinaria

Por último, la legislación estipula dos vías para acceder a la edad ordinaria de jubilación con plenos derechos: los trabajadores podrán retirarse a los 65 años siempre que acrediten un periodo de cotización igual o superior a los 38 años y tres meses.

En caso de no alcanzar dicho umbral de permanencia en el mercado de trabajo, la edad legal para acceder a la jubilación íntegra se retrasa obligatoriamente hasta los 66 años y 10 meses.