Fundado en 1910
Varias personas con maletas, en el Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas

Varias personas con maletas, en el Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-BarajasEuropa Press

La Eurocámara aprueba la reforma de los derechos de los pasajeros: así queda el equipaje de mano

El Parlamento Europeo ha aprobado este martes la primera gran reforma en 20 años del reglamento sobre los derechos de los pasajeros aéreos

Este martes, 7 de julio, el Parlamento Europeo ha aprobado la primera gran reforma en 20 años del reglamento sobre los derechos de los pasajeros. Este texto, que busca proteger a los viajeros aéreos frente a cualquier incidencia que pueda acontecer en un trayecto en avión, llevaba sin actualizarse desde 2004, pero mantiene que las aerolíneas puedan ofrecer diferentes precios por llevar equipaje de mano, sin duda, uno de los temas más polémicos en los últimos años.

Así, según el texto, que ha sido aprobado por 646 eurodiputados a favor, 12 en contra y tres abstenciones, permite a los pasajeros llevar un objeto personal de hasta 40 x 30 x 15 centímetros y deberá estar incluido en la tarifa que se muestre desde el inicio del proceso de reserva, ya sea directamente, con intermediarios o a través de portales de búsqueda. Eso sí: no estará permitido ofrecer billetes más baratos a los pasajeros que decidan volar sin equipaje de mano.

Otras novedades

Y a pesar de que no se han producido grandes cambios en lo que a política de equipaje de mano se refiere, una de las novedades más esperadas sí se ha aprobado. Ahora la normativa garantiza la gratuidad de la elección de asientos contiguos para los menores de 14 años y sus progenitores. De esta forma, las familias no tendrán que ir separadas por una cuestión económica.

Por otro lado, los pasajeros con movilidad reducida u otras discapacidades podrán tener derecho a compensación, transporte alternativo y asistencia por parte de las compañías aéreas si pierden un vuelo porque el aeropuerto no les ayuda a llegar a tiempo al embarque.

Compensaciones

¿Y qué ocurre con las compensaciones por retrasos o cancelaciones? Finalmente la Eurocámara ha blindado los derechos actuales. Así, los pasajeros aéreos de la Unión Europea pueden cobrar hasta 600 euros por problemas con el vuelo. Se pagarán 250 euros para los vuelos de hasta 1.500 kilómetros, 400 para entre 1.500 y 3.500 kilómetros y 600 euros para los de más de 3.500 kilómetros.

Además, se compensarán los retrasos, a partir de tres horas sobre la hora prevista de llegada, independientemente de la causa que haya originado dicho retraso. También tendrán compensación las cancelaciones cuando la aerolínea avise con menos de 14 días de antelación y cuando la compañía deniegue el embarque a un pasajero contra su voluntad por razones de overbooking.

Cabe destacar que las aerolíneas pueden reducir a la mitad la indemnización en trayectos largos si ofrecen transporte alternativo al destino final o si el retraso no supera las cuatro horas. Solo quedan exentas de compensar cuando prueban la existencia de «circunstancias extraordinarias» ajenas a su control, como catástrofes naturales, conflictos bélicos, mal tiempo, pasajeros conflictivos o huelgas en aeropuertos, navegación aérea o servicios de asistencia en tierra.

En estos casos, la compañía debe mantener el derecho al reembolso, transporte alternativo y asistencia, aunque no esté obligada a pagar compensación. Para reclamar, las asociaciones de consumidores aconsejan conservar billetes, tarjetas de embarque y facturas, presentar una reclamación escrita ante la aerolínea y guardar el acuse de recibo. La compañía dispone de un mes para responder.

comentarios
tracking

Compartir

Herramientas