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Un fontanero arreglando una tubería

Un fontanero arreglando una tuberíaAF Legis

De la lavadora a una tubería: ¿Quién tiene que pagar las averías en un piso alquilado?

La ley distingue entre las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad y los pequeños arreglos derivados del uso cotidiano del inmueble

A quien vive de alquiler le suelen surgir ciertas inquietudes, sobre todo cuando se rompe un electrodoméstico, una persiana deja de funcionar o aparece una avería. Y es que, en muchos casos, ni el casero ni el inquilino se ponen de acuerdo a la hora de determinar quién debe asumir el coste de la reparación.

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) define qué responsabilidades corresponden a cada parte, y distingue entre las reparaciones necesarias para conservar la vivienda y las pequeñas reparaciones derivadas del uso cotidiano. Concretamente, el artículo 21 establece que el propietario debe realizar las reparaciones necesarias para mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad, mientras que el inquilino debe asumir las pequeñas reparaciones derivadas del desgaste por el uso ordinario.

Entre las reparaciones que corresponden al propietario se encuentran averías en tuberías, instalaciones eléctricas defectuosas, problemas de aislamiento o impermeabilización, así como fallos en sistemas de agua o calefacción cuando se debe al desgaste del sistema.

También corresponde al casero sustituir instalaciones deterioradas por antigüedad o falta de mantenimiento. Un ejemplo habitual es el de tuberías con corrosión o agua que sale amarilla por oxidación, una señal de deterioro de la instalación. Lo mismo ocurre cuando es necesario sustituir elementos completos de una instalación, como el mecanismo de una cisterna que ha dejado de funcionar por desgaste o una llave de paso deteriorada por el paso del tiempo.

Por su parte, el inquilino debe asumir las pequeñas reparaciones derivadas del uso ordinario de la vivienda. Por ejemplo, los cambios de bombillas, pequeñas reparaciones en grifos o cisternas, o ajustes en persianas o elementos que se deterioran con el uso cotidiano.

Además, según el artículo 1563 del Código Civil, el arrendatario tiene que responder de los daños causados cuando se deban a su culpa o negligencia.

¿Y qué pasa con los electrodomésticos?

En el caso de los electrodomésticos, la responsabilidad depende de la causa de la avería. Si deja de funcionar por desgaste o antigüedad corresponde al propietario repararlo o sustituirlo. En caso de que sea por un mal uso o una negligencia, el coste corresponde al inquilino.

«Muchos conflictos surgen con electrodomésticos antiguos, con persianas o con cisternas, donde es necesario determinar si el fallo se debe al desgaste natural del sistema o a un uso incorrecto», asegura Arantxa Goenaga Llorca, abogada y socia de AF Legis.

Esto ocurre porque en los contratos de arrendamiento no suelen especificarse exactamente que corresponde reparar a cada una de las partes. Cuando el arrendatario ya lleva unos años en el inmueble y cuesta diferenciar si es por el uso ordinario o porque ese electrodoméstico o instalación ha agotado la vida útil. Es por eso que los expertos inmobiliarios aconsejan prever estas cuestiones en el contrato.

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