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El ex presidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero.CESAR VALLEJO RODRIGUEZ

Los Técnicos de Hacienda piden a Zapatero que aclare por qué se quedó unas joyas recibidas durante su etapa como presidente

Sostienen que si las joyas le fueron entregadas en su condición de presidente del Gobierno, en el marco de las relaciones internacionales y en representación de España, Rodríguez Zapatero debe explicar por qué no las cedió al patrimonio del Estado

Los Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA) consideran que José Luis Rodríguez Zapatero debe explicar con claridad cuál fue el destino de las joyas que, según ha trasladado al juez, recibió como obsequio del entonces rey de Arabia Saudí en 2007; y que también debe aclarar en qué condición fueron recibidas y por qué unos bienes de tan elevado valor acabaron formando parte de su patrimonio particular.

GESTHA sostiene que si las joyas le fueron entregadas en su condición de presidente del Gobierno, en el marco de las relaciones internacionales y en representación de España, Rodríguez Zapatero debe explicar por qué no las cedió al patrimonio del Estado.

Los Técnicos de Hacienda recuerdan que en 2005, durante su mandato, se aprobó un Código de Buen Gobierno que establecía criterios sobre los regalos recibidos por los miembros del Gobierno, y que contemplaba que los obsequios de «mayor significación de carácter institucional» pudieran incorporarse al patrimonio del Estado. Aunque este catálogo de principios éticos no se reguló en la normativa hasta 2013, GESTHA considera que el Código aprobado dos años antes exige que el expresidente aclare a la ciudadanía por qué no cedió las piezas al Estado.

La prescripción de los regalos no resuelve todas las cuestiones tributarias

GESTHA señala que, si la documentación que aporte Zapatero acredita que las joyas fueron un regalo recibido en 2007, la investigación penal del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones estaría afectada por la prescripción.

En concreto, un regalo de estas características debe declararse en el plazo de seis meses desde su recepción, y el Juzgado dispone de cinco años y la Hacienda autonómica de la Comunidad de Madrid de cuatro años para investigar y determinar la deuda tributaria. Por tanto, si la donación se produjo en 2007, la posibilidad de exigir ese impuesto habría prescrito hace 15 años y no sería posible investigar aquella donación.

Por otra parte, GESTHA recuerda que la tenencia de las joyas puede tener incidencia en el Impuesto sobre el Patrimonio si no fueron declaradas. Esta cuestión se verificará en una inspección que abrió la AEAT a finales de junio de este año para los años 2021 a 2024.

En este sentido, los técnicos consideran muy improbable que pueda existir un delito fiscal vinculado al Impuesto sobre el Patrimonio, ya que para alcanzar el umbral penal de 120.000 euros de cuota potencialmente defraudada sería necesario que el valor de las joyas tendría que alcanzar un valor superior a 3,4 millones de euros y un patrimonio individual descontadas las deudas de más de 10,7 millones para que bajo estos supuestos considerados, la cuota defraudada superase dicho umbral.

De esta manera, GESTHA opina que la documentación que aporte Rodríguez Zapatero será determinante para aclarar el origen y la fecha de recepción de las joyas.