El letrado explica que hay dos motivos principales por los que la antigüedad resulta determinante
Empleo
Miguel Benito, abogado laboralista: «Tu antigüedad en la empresa es tu bien más preciado»
El experto explica por qué este dato puede influir tanto en una indemnización por despido como en determinados complementos salariales
La antigüedad de un trabajador dentro de una empresa puede tener efectos directos sobre su salario y sobre la indemnización que le corresponda en caso de despido. Por ello, comprobar qué fecha reconoce la compañía resulta especialmente importante, sobre todo cuando ha habido cambios de empresa, contratos temporales o periodos de trabajo a través de una ETT.
El abogado laboralista Miguel Benito ha puesto el foco en esta cuestión y advierte de que algunos empleados pueden desconocer la relevancia real de este dato. «Tu antigüedad en la empresa es tu bien más preciado. Muchos no lo sabéis y algunas empresas se aprovechan», señala.
El letrado explica que hay dos motivos principales por los que la antigüedad resulta determinante. El primero aparece cuando se produce un despido. «Si te despiden, tu indemnización se calcula en base a tu salario y tu antigüedad. A más antigüedad, más indemnización», precisa.
El segundo afecta a la cantidad que el trabajador puede percibir de manera periódica. Benito recuerda que determinados convenios colectivos contemplan complementos vinculados al tiempo trabajado. «Muchos convenios reconocen pluses por antigüedad, como por ejemplo, por trienios. Cuanto más lleves en la empresa, más te tienen que pagar».
La fecha que aparece en la nómina
Para conocer qué antigüedad está reconociendo la empresa, Benito recomienda revisar la nómina. «¿Y qué antigüedad me reconoce la empresa? Pues eso lo vas a comprobar aquí arriba, en este apartado de tu nómina», explica. A continuación, añade que el trabajador debe comprobar que esa fecha coincide con la correspondiente a su primer contrato.
El abogado presta especial atención a las subrogaciones. «Si te han subrogado, algo que suelen hacer muchas veces, es decir que tu antigüedad es la de la subrogación. Mentira, es la del contrato en la primera empresa», afirma.
También advierte sobre los contratos temporales y las ETT. «Lo mismo pasa con los contratos temporales o ETTs. Tu antigüedad es la del primer contrato, no cuando te contrataron en la empresa definitiva o te hicieron indefinido», concluye.