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07 de mayo de 2024

Los propietarios se las ingenian para subir los precios por encima del 2 %

La bonificación entró en vigor el 1 de eneroEuropa Press

Vivienda

Las novedades en la declaración de la Renta para los propietarios de pisos en alquiler

Los beneficiarios de estas medidas deberán tener un máximo de cinco propiedades en zonas declaradas como 'tensionadas'

Este 2024 comienza con buenas noticias para los inquilinos de un piso de alquiler. De hecho, los pequeños propietarios de viviendas podrán deducirse entre el 50% y el 90% de los ingresos obtenidos por el arrendamiento de un inmueble en su declaración de Renta de 2025, siempre y cuando cumplan con una serie de requisitos.
En este sentido, la bonificación que está incluida en la Ley de Vivienda entró en vigor el 1 de enero, por lo que sí que se podrá aplicar en la cita con Hacienda del próximo año. Al mismo tiempo, el único objetivo de esta medida es estimular el alquiler de vivienda habitual y, como consecuencia, frenar la subida de los precios de alquiler.
Asimismo, los beneficiarios de estas medidas deberán tener un máximo de cinco propiedades en zonas declaradas como 'tensionadas' en las distintas comunidades autónomas. En general, una de las mayores novedades es que en los nuevos contratos de arrendamiento el propietario podrá deducirse el 50% del IRPF (a partir de ese porcentaje se aplicarán reducciones según la bajada de precio).

¿Cuándo se aplica la máxima reducción?

Por otro lado, la bonificación podrá ser de hasta el 70% si el arrendatario es una entidad pública o una organización sin fines de lucro y el inmueble es un alquiler social con una renta mensual inferior a la establecida en el programa de ayudas del Plan Estatal de Vivienda.
De la misma forma, también podrá deducirse el mismo porcentaje si se pone por primera vez una vivienda en el mercado del alquiler, se encuentra en zona tensionada y quien alquila la propiedad tiene entre 18 y 35 años.
En el caso de la máxima reducción (90%), podrán aplicarla los caseros que alquilen en zonas tensionadas por un precio, al menos, un 5% inferior al que constaba en el contrato de arrendamiento anterior. Finalmente, si el propietario hubiera realizado una reforma en la vivienda dentro de los dos años anteriores al comienzo del contrato, también podría aplicarse una bonificación del IRPF de, al menos, un 60% de los ingresos obtenidos.
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