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Cartel de una vivienda en alquiler

Cartel de una vivienda en alquilerEsteban Martinena

¿Cómo funciona la subida del IPC en los alquileres este 2026?

En el mes de agosto, el IPC se situó en el 4,3 %. ¿Cómo afecta esta cifra a una posible subida de la mensualidad de tu alquiler?

La vivienda es uno de los grandes problemas en España. Su precio se ha comido buena parte de la mejora salarial registrada durante la última década tanto en Madrid como en Barcelona. Y los alquileres de un apartamento de tan solo una habitación se han encarecido un 82,7 % en la capital y un 94,9 % en la ciudad condal desde 2016, prácticamente el doble que los salarios, que han avanzado alrededor de un 45 %.

Por todo ello, los inquilinos van con pies de plomo y le temen a las posibles subidas que sus caseros puedan llevar a cabo.

Subidas del alquiler

Tal y como explican desde el portal inmobiliario Idealista, el artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) determina, entre otras cosas, cómo se actualiza la renta de un alquiler. Aunque la LAU establece que, en caso de no señalar un índice, este será el Índice de Garantías de la Competitividad (IGC), el más utilizado para actualizar la renta es el Índice de Precios al Consumo (IPC).

El IPC es un indicador que mide la variación del precio de la vida y del poder adquisitivo de los ciudadanos de un país. Así, si el IPC es positivo, implica que los precios han subido, y si es negativo, lo contrario.

Este índice se calcula tomando como referencia los productos más consumidos, lo que se conoce como cesta de la compra, y se compara con los precios de meses anteriores.

Durante la vigencia de un contrato de alquiler, tal como establece el artículo 18 de la LAU, el precio del alquiler se podrá actualizar solo cada año si se ha pactado de forma expresa. Si no se ha pactado, la subida no podrá producirse hasta que la vigencia del contrato de arrendamiento llegue a su fin.

El IPC y el alquiler

Para actualizar de forma anual el alquiler con respecto al IPC, hay que aplicar el valor publicado dos meses antes de la revisión del importe (este dato suele publicarse en el Instituto Nacional de Estadística el día 15 de cada mes), y hay que avisar con un mes de antelación al día en que se deba pagar la nueva mensualidad actualizada.

Los contratos de alquiler suscritos a partir de mayo de 2023, fecha en la que entró en vigor la Ley de Vivienda, deben revisar la renta conforme al nuevo índice elaborado por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Este indicador toma como referencia el menor valor de tres variables: la variación interanual del IPC, la evolución anual de la inflación subyacente y la tasa media anual ajustada. Según el último dato publicado, correspondiente a agosto de 2026, este índice se situó en el 4,3 %.

En cambio, los arrendamientos formalizados antes de la entrada en vigor de la Ley de Vivienda continúan actualizándose de acuerdo con lo que figure en el propio contrato. En la mayoría de estos casos, las partes establecieron el IPC como referencia para revisar periódicamente el precio del alquiler.

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