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06 de mayo de 2024

Los miembros de la Junta Electoral Central (JEC) reunidos en Pleno

Los miembros de la Junta Electoral Central (JEC) reunidos en PlenoEFE

Tribunales 

La Junta Electoral y el Supremo tendrán la última palabra sobre el acta de Alberto Rodríguez

El Alto Tribunal ha pedido a Batet, esta misma mañana, que le comunique la fecha de inicio del cumplimiento de la pena de inhabilitación del diputado de Podemos. En caso de negativa, la decisión de la Mesa del Congreso puede ser recurrida ante el Constitucional o, por la vía de la Junta Electoral Central, ante la Sala Tercera del Supremo 

El Supremo mueve ficha. El presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, se ha dirigido esta misma mañana a la presidenta, Meritxell Batet, para que remita al Tribunal Supremo el informe sobre la fecha del inicio de cumplimiento de la pena de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo impuesta al diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez, con la finalidad de realizar la liquidación de su condena. Así consta en un oficio al que ha tenido acceso El Debate, en primicia, enviado al Congreso de los Diputados a través de la presidencia del Alto Tribunal.
La decisión del Congreso de mantener el acta del diputado tras ser sancionado, en firme, con un mes y medio de prisión e inhabilitación durante el mismo tiempo por patear a un policía, en 2014, ha provocado una fuerte polémica en el seno del Parlamento pero, también, en clave judicial. No en vano, fuentes próximas al caso han apuntado a El Debate que el acuerdo, no unánime, de la Mesa del Parlamento, puede ser recurrido ante el Tribunal Constitucional y o ante la Sala Tercera del Supremo, por la vía de la Junta Electoral Central. Hay partido. 
En el Alto Tribunal no se entiende que la Mesa no haya consultado a la Junta Electoral Central (JEC) sobre el asunto, antes de pronunciarse. Aunque «no existe una obligación legal de hacerlo, todavía quedan muchos puntos sin resolver» en relación a la ejecución del fallo dictado por la Sala Segunda contra Rodríguez.
O, incluso, que desde la Presidencia del Congreso «no se haya pedido una aclaración de la sentencia», pese a que el Supremo emitió un Auto resolviendo la consulta efectuada por la propia defensa del diputado de Podemos en este sentido, sobre la aplicación de la pena accesoria de inhabilitación. 
En definitiva, fuentes próximas al Alto Tribunal lamentan que se hayan puesto al mismo nivel una sentencia firme y un informe no vinculante de los servicios jurídicos de la Cámara Baja. Especialmente porque la Mesa del Congreso, «no puede modificar las decisiones judiciales que han de  ejecutarse en sus estrictos términos». 
Así ocurrió, en 2008, cuando el Supremo condenó con penas de multa e inhabilitación al expresidente del parlamento vasco, Juan María Atutxa, del PNV, a sus y entonces compañeros de la Mesa de la Cámara de Vitoria Gorka Knörr, de Eusko Alkartasuna (EA), y Kontxi Bilbao, de Izquierda Unida (IU). Tras conocerse el fallo del tribunal, el político presentó su renuncia y entregó el acta de diputado. 

«Excusas de desobediente»

Para las fuentes próximas al caso, consultadas por El Debate, «la antijuridicidad de una conducta es siempre la misma pero, según la gravedad del delito también se prevén penas más o menos severas. Mientras la infracciones menos relevantes, conllevan pena de multa. Las que lo son más implican prisión e inhabilitación. Y, cuando la prisión es inferior a 3 meses, se cambia la prisión por multa para evitar que haya que ingresar» en la cárcel para cumplir tiempos tan breves. 
«Pero», aclaran, «el cambio no modifica la gravedad de la infracción ni las penas con las que debe corregirse. La pena de prisión se cambia (condicionada a que pague) por multa, pero la inhabilitación se mantiene, puesto que no se ha cambiado ni la gravedad de los hechos ni del delito cometido».
Ante este escenario, y existiendo dos votos particulares emitidos por los miembros de la Mesa que no han respaldado la decisión mayoritaria de sus compañeros: los de los populares Ana Pastor y Adolfo Suarez, «cabe seguir pleiteando y exigiendo el cumplimiento de la sentencia del Supremo».
Las posibilidades: recurrir en amparo ante el Tribunal Constitucional o dirigirse a la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, por la vía de la Junta Electoral Central. En cualquiera de ambos casos, corresponde a Partido Popular y Vox la iniciativa. Desde el grupo parlamentario popular ya han dado pasos en este sentido. 
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