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08 de mayo de 2024

Don Juan Carlos I

GTRES

Modelo 720

La sentencia del TJUE impulsará el archivo de la investigación fiscal de Don Juan Carlos

El Tribunal Europeo ha declarado «ilegal» la ley que obliga a declarar bienes en el extranjero y considera «desproporcionadas» las sanciones que conllevaba no hacerlo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha zanjado la polémica normativa española que, hasta hoy, obligaba a los residentes en nuestro país a declarar todos sus bienes en el extranjero a través del «modelo 720». El mecanismo es excesivo en la lucha contra el fraude y la evasión fiscal, según una reciente sentencia de la Justicia europea: «Esta legislación va más allá de lo necesario para alcanzar dichos objetivos». La decisión del Tribunal Europeo impulsará el archivo de la investigación fiscal sobre Don Juan Carlos que todavía mantiene viva la Fiscalía Anticorrupción
Los términos de la sentencia que invalida los criterios de la ley española para castigar ciertas conductas de los contribuyentes, afectarán de manera directa a los activos -patrimoniales o dinerarios- del Rey emérito en el extranjero que quedarían cubiertos por la decisión. Es decir, la derogación por el TJUE de la medida que obligó al monarca a asumir hasta dos regularizaciones fiscales, para evitar consecuencias penales, anula su aplicación. 
La propia Fiscalía del Supremo fue la responsable de notificar al Rey emérito que estaba siendo investigado en nuestro país por su fortuna, buena parte de ella oculta en el extranjero y opaca al fisco. El entonces teniente fiscal del Alto Tribunal, el hoy fallecido Juan Ignacio Campos -responsable directo de las pesquisas en cooperación con el fiscal jefe Anticorrupción, Alejandro Luzón- comunicó oficialmente a Juan Carlos I la apertura de hasta tres causas escalonadas contra él en junio, noviembre y diciembre de 2020. 
Ante tal escenario, el monarca optó por dirigirse voluntariamente a la Agencia Tributaria para consignar dos regularizaciones y disipar, así, las sospechas que pesaban sobre él como presunto autor de un delito fiscal que, ahora,  queda diluido. El Ministerio Público dio por buenos sendos pagos -el primero de ellos por importe de 678.393 euros y el segundo, en febrero de 2020, por valor de otros 4,4 millones de euros más- y anunció un decreto, cada día más próximo,  para cerrar las actuaciones de la Fiscalía sin formalizar ningún tipo de querella contra Don Juan Carlos.
Sin embargo, la reciente sentencia dictada por el TJUE ha dado un espaldarazo al comportamiento inicial del padre del Rey. Hasta tal punto que Hacienda tendrá que reembolsar parte de lo consignado por Don Juan Carlos al erario público, algo menos de la mitad del total, unos dos millones de euros, por no haber declarado sus bienes en Suiza o en otros paraísos fiscales. Así las cosas, a ninguno de ellos se les debió aplicar ni impuestos, ni sanciones derivadas del impago de los mismos. Un argumento más para acelerar el cierre de la investigación de la Fiscalía e impulsar la vuelta a España del emérito que continúa en Abu Dabi por esta única razón. 
No en vano, los motivos de la norma española que ha desautorizado la resolución europea podrían convertirse en desincentivos perversos para la compra, por ejemplo, de inmuebles en el extranjero y afectar, por lo tanto, a uno de los pilares más básicos de la UE: la libre circulación de capitales. Además, a juicio de Europa, la legislación prevista en nuestro país imponía una «imprescriptibilidad desproporcionada» y «multas extremadamente represivas» que vulneraron las más básicas premisas de la «seguridad jurídica» con la excusa de combatir el fraude fiscal. 
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