Crisis Partido Popular
Quiénes forman la Junta Directiva Nacional del PP y cómo es su funcionamiento
El presidente del partido ha convocado el principal órgano entre congresos para la semana que viene. Ahí se decidirá si celebran o no un Congreso Extraordinario
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¿Quiénes forman la junta directiva nacional del PP?
- Los miembros del Comité Ejecutivo Nacional.
- Treinta Vocales elegidos por el Congreso Nacional.
- Los Diputados, Senadores y Parlamentarios Europeos afiliados al Partido.
- Los Presidentes Autonómicos, Provinciales e Insulares.
- Los Presidentes y Portavoces de las Asambleas Legislativas de las Comunidades y Ciudades Autónomas afiliados al Partido.
- Los Presidentes de Diputaciones, Consejos y Cabildos insulares y los Alcaldes de capitales de provincia, de capitales autonómicas y de municipios de más de cincuenta mil habitantes censados afiliados al Partido.
- Los Presidentes Autonómicos de Nuevas Generaciones, y quince miembros elegidos por el Comité Ejecutivo Nacional de Nuevas Generaciones.
- Los Ministros del Gobierno que ostenten la condición de afiliado del Partido.
- Los Comisarios Europeos que ostenten la condición de afiliado del Partido.
- Los Secretarios Generales Autonómicos.
- Los Presidentes de los Comités Ejecutivos de las organizaciones del Partido en el exterior.
- Los portavoces de las ciudades de más de 500.000 habitantes en el caso de que no se ostente el Gobierno de la misma.
- El Presidente o Vicepresidente de la FEMP cuando ostente la condición de afiliado al Partido.
Competencias de la junta directiva nacional
- Impulsar el cumplimiento de los programas, acuerdos y directrices emanadas de los Congresos del Partido y controlar la gestión de su correspondiente Comité Ejecutivo.
- Recibir y debatir informes y proyectos sobre la organización, estrategia y programas del Partido.
- Velar por el cumplimiento de los Estatutos y demás preceptos que constituyen el ordenamiento interno del Partido, y aprobar la normativa reglamentaria propia de su organización territorial respectiva.
- Conocer las modificaciones efectuadas por sus Comités Ejecutivos en los Órganos de gestión, coordinación y estudio del Partido así como los nombramientos que en cada caso haya efectuado el Presidente o el Secretario General.
- Convocar los Congresos del Partido.
- Nombrar y cesar a los vocales del Comité de Derechos y Garantías cuando se trate de organización territorial a la que estatutariamente corresponda disponer de dicho órgano.