Fundado en 1910

27 de abril de 2024

Sede del Tribunal de Cuentas en Madrid

Sede del Tribunal de Cuentas en MadridEuropa Press

El Tribunal de Cuentas no ve indicios de infracción en la financiación del PP de Salamanca

«Las entregas de metálico no tienen la consideración de donaciones, sino de cuotas de afiliados», indica el órgano fiscalizador sobre las acusaciones de financiación ilegal en 2017

El Tribunal de Cuentas ha concluido que «no aprecia indicios de infracción» en la financiación del Partido Popular de Salamanca durante el proceso de elecciones primarias de 2017 en las sedes de la formación de la Diputación Provincial y del Ayuntamiento de la capital regional. El organismo fiscalizador indica que «las entregas de metálico no tienen la consideración de donaciones, sino de cuotas de afiliados».
El pasado noviembre, el juez de Instrucción número 2 de Salamanca imputó al partido en la región, a su presidente y a su gerente por un caso de presunta financiación irregular que se habría producido durante las primarias de la formación en Castilla y León en 2017.
Según recogía el testimonio del fiscal jefe de la región castellanoleonesa, remitido al Tribunal de Cuentas el pasado 31 de enero, «existían indicios suficientes para entender acreditado que durante los días 10 a 17 de marzo de 2017 se recogieron en las sedes del Grupo Popular de la Diputación Provincial y del Ayuntamiento de Salamanca cantidades en metálico, en parte donadas por cargos públicos, personal de confianza y afiliados del Partido Popular y en parte de origen desconocido». Se señalaba, asimismo, que la suma obtenida de esas cantidades era de 41.490 euros.

Sin base legal

No obstante, tal y como ha podido conocer El Debate, el Tribunal de Cuentas ha concluido que «examinada la documentación remitida junto con el testimonio, por el Departamento de partidos políticos, el mismo ha informado que no hay base legal suficiente para acordar la incoación de procedimiento sancionador por la comisión de alguna de las infracciones tipificadas en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Financiación de Partidos Políticos, ya que las entregas de metálico no tienen la consideración de donaciones, sino de cuotas de afiliados».
Así también, el órgano fiscalizador constata que no se ha producido infracción alguna «en relación con el sistema de control interno de los partidos», al haber remitido el PP el informe correspondiente en el plazo establecido.
Comentarios
tracking