El ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, José Manuel Albares
¿Qué instrucciones va a dar Albares a los consulados tras las cautelares del Supremo?
El ministerio de Exteriores todavía no ha enviado las instrucciones claras y terminantes tras la adopción de medidas cautelares por el Tribunal Supremo que paraliza la inscripción en el Censo Exterior de Residentes Ausentes (CERA). Los consulados están inquietos y a la espera de las nuevas órdenes del ministro después de que éste haya ocultado durante tres años las instrucciones anteriores
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo estimó parcialmente las medidas solicitadas por Iustitia Europa y Vox y ordenó paralizar las nuevas altas y los efectos electorales de las inscripciones ya practicadas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes —CERA—, salvo que los beneficiarios acrediten el exilio en los términos estrictamente previstos por la ley. Fue adoptada por cinco votos: el presidente de la Sección, Luis María Díez-Picazo; el ponente, Antonio Narváez; José Luis Requero; Manuel Delgado y Antonio Fonseca-Herrero. La magistrada Alicia Millán votó en contra y formulará voto particular.
La resolución no anula ninguna nacionalidad, no detiene los procedimientos para concederla y tampoco invalida, por ahora, la Instrucción de Sofía Puente del 25 de octubre de 2022. Su efecto se limita al ámbito electoral: las nacionalidades cuestionadas podrán seguir existiendo jurídicamente, pero no se transformarán provisionalmente en votos mientras el Supremo decide el fondo de los recursos. Lo que sí hace es romper el automatismo que conducía desde la nacionalidad concedida al amparo de la denominada ley de nietos hasta su incorporación al censo electoral.
Lo que hizo Sofía Puente
La famosa instrucción de Sofía Puente eliminó de un plumazo dos cuestiones clave determinadas por el legislador: la condición de exilio y la condición temporal. Son precisamente las que obligaron a los consulados mediante las órdenes ocultadas por el ministro José Manuel Albares, a tener que aceptar solicitudes de nacionalidad antepasados nacidos en el siglo XIX y que emigraron de España durante todo ese siglo y con posterioridad. La propia Sofía Puente se oponía a ampliar el ámbito de aplicación de la ley. Finalmente su instrucción introdujo por la puerta de atrás la posibilidad de nacionalizar solo a unos pocos miles de afectados a más de 2,5 millones. Es lo que convierte a esta vía de nacionalidad en una falsa ´ley los nietos´ porque no se nacionaliza a través de una ley sino de una instrucción, y se concede a bisnietos y tataranietos en contra de lo aprobado en el Parlamento.
Cobra especial relevancia la ocultación sistemática que viene haciendo ministro que transmite las órdenes a los consulados. El abogado Guillermo Rocafort, solicitó en 2022 a Exteriores acceder a las circulares internas que envió a las embajadas y consulados para prepararlos ante el «volumen significativo» de solicitudes de nacionalidad que se avecinaba. El Ministerio se negó a entregarle la documentación, el Consejo de Transparencia dio la razón a Rocafort. Tres años después Albares continúa desobedeciendo la resolución firme de Transparencia. ¿Qué oculta? La pregunta que inquieta ahora a muchos consulados con los que ha consultado este periódico es qué va a pasar ahora.
¿Y ahora qué?
Porque la decisión del Supremo permite que el expediente de inscripción censal continúe tramitándose hasta su finalización. Sin embargo, una vez concluido, la incorporación efectiva al censo quedará suspendida hasta que recaiga sentencia. La Sala no impide, por tanto, que la Administración estudie y resuelva el expediente. Lo que evita es que esa tramitación culmine automáticamente en una inscripción con capacidad para desplegar efectos en unas elecciones convocadas antes de que el Supremo haya resuelto la controversia. La segunda medida alcanza a quienes ya figuran inscritos en el CERA. En esos casos no se borra administrativamente el alta, pero se suspenden sus efectos electorales para todos los procesos que puedan convocarse hasta el dictado de la sentencia
El problema para los consulados
El problema que se plantea la red consular exterior es que es que cuando la oficina les inscribe en el Registro Civil, a continuación, se les inscribe en el registro de matrícula consular. En ese momento se les envía el certificado de inscripción con el que se pueden ya sacar el pasaporte. Hasta ahora, en el momento en que el consulado les inscribe en el registro de matrícula consular automáticamente el sistema escupe una orden a Madrid que les incorpora en el CERA.
Fuentes consulares aseguran a El Debate que el sistema tiene una manera de activar la orden del Supremo y que, por tanto, se les puede inscribir en el registro de matrícula consular y darles el pasaporte sin por ello inscribirles en el CERA. Están a la espera de la orden ministerial que todavía no ha llegado a pesar de las cautelares dictadas por la más alta magistratura del país. Dos cuestiones quedan en el aire: si las hará públicas esta vez y cuánto tardará en hacerlo.