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26 de abril de 2024

Feijóo habla sobre el artículo 49 de la Constitución

Feijóo habla sobre el artículo 49 de la Constitución

¿Qué dice el artículo 49 de la Constitución que Feijóo aceptaría reformar?

Este es uno de los principales cambios con respecto a su predecesor al frente del PP, Pablo Casado

Alberto Núñez Feijóo ha mantenido su primer encuentro con Pedro Sánchez en calidad de jefe de la oposición. El nuevo presidente del Partido Popular ha tenido una reunión «cordial» aunque «poco fructífera» con el presidente del Gobierno tras la cual ha expuesto algunas de sus medidas alternativas contra la crisis económica que se ha agravado por la guerra de Ucrania.
Una de las principales diferencias que Alberto Núñez Feijóo ha mostrado con respecto a su predecesor en el cargo ha sido su disposición a reformar el artículo 49 de la Constitución. Este precepto, que versa sobre la integración de las personas con discapacidad, incluye en su enunciado la palabra «disminuido» y existe cierto consenso en torno a su inconveniencia. Sin embargo, Pablo Casado nunca fue partidario de su reforma al considerarlo un «caballo de Troya» con el que los socios de Sánchez aprovecharían para colarse en el resto del «edificio» constitucional.
Preguntado por esto, Alberto Núñez Feijóo se ha mostrado dispuesto a una reforma pero con la condición de que no afecte a otras partes del articulado ni tampoco derive en un referéndum:
«Lo único que me ha trasladado es modificar el artículo 49 de acuerdo con un texto que previamente se pacte en el CERMI [Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad], que tenga informe favorable del Consejo de Estado y que, en ningún caso, tenga nada que ver, en absoluto, con ningún otro planteamiento que no sea el término exacto del artículo 49 que va a ser modificado. Y que por tanto no va a dar lugar a ningún tipo de referéndum y a ningún tipo de discusión constitucional».

Artículo 49 de la Constitución

Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos.
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