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03 de mayo de 2024

Jueces británicos rechazan la legalidad del matrimonio homosexual en Bermudas

La Comisión de Ética pone límites a la libertad de expresión de los jueces en comentarios contra el orden constitucionalPixabay

La Comisión de Ética avisa a los jueces: la libertad de expresión no les ampara en los comentarios contrarios a la Constitución

El organismo señala que los jueces «deben guiarse por la prudencia y moderación necesarias para no comprometer la apariencia de imparcialidad y no causar una pérdida de confianza de los ciudadanos en la Justicia»

«En ningún caso pueden estar amparadas por el principio de libertad de expresión aquellas manifestaciones por parte de los jueces y juezas en redes sociales y medios de comunicación que atenten de forma grave contra el Estado de Derecho, el orden constitucional y la propia democracia». Así lo recoge el dictamen aprobado por la Comisión Ética Judicial.
Con él, este organismo, independiente del Consejo General del Poder Judicial, responde a una consulta sobre la «adecuación a los principios de ética judicial» de aquellas expresiones emitidas por jueces en redes sociales invitando a incumplir las normas jurídicas o mostrando su apoyo públicamente a políticos de una determinada ideología condenados por su participación en hechos que atentaron contra la soberanía nacional y la forma política del Estado, como explican desde la Comisión.
Considera, asimismo, que tales manifestaciones son conductas «que vulneran el compromiso moral y de lealtad» que los jueces asumen cuando prestan juramento o promesa cuando toman posesión de su cargo tal como exige la Ley Orgánica del Poder Judicial, un promesa que «va más allá de la mera declaración formal».

Evitar la «politización» de la Justicia

Ha subrayado que los jueces y magistrados, como cualquier otra persona, pueden «expresar libremente» sus pensamientos, ideas u opiniones y pueden intervenir en medios de comunicación y redes sociales. Ha insistido, sin embargo, que «deben guiarse por la prudencia y moderación necesarias para no comprometer la apariencia de imparcialidad y no causar una pérdida de confianza de los ciudadanos en la Justicia y mantener el respeto a la neutralidad política».
En este sentido, la Comisión ha indicado que la vulneración de dichos principios puede colocar al juez en una «posición ideológica» que induzca a creer «que la justicia está politizada», lo que contribuiría a generar «una falta de confianza de los ciudadanos en la justicia, en el sistema judicial y en los órganos jurisdiccionales que los integran, con el consiguiente desprestigio institucional».
De acuerdo con esas premisas, ha remarcado que las conductas concretas a las que se refiere la consulta suponen un riesgo aún mayor, por lo que «de ningún modo pueden quedar amparadas por la libertad de expresión en quienes ostentan la condición de integrantes de un poder del Estado» y, como tales, están «sujetos con mayor rigor a los deberes del cargo que juraron o prometieron en su día, cuando accedieron a la Carrera Judicial».
Por ello, la Comisión ha reiterado que el principio 21 impone a los jueces un deber de denuncia cuando la democracia, el Estado de Derecho y las libertades fundamentales se encuentren en peligro, por lo que en ningún caso puede admitirse la publicación en redes sociales o medios de comunicación de expresiones o manifestaciones de los jueces «que puedan constituir un riesgo contra el Estado de derecho, el orden constitucional y la propia democracia».
Además, ha recordado que –según los Principios de Bangalore sobre la conducta judicial– «una judicatura competente, independiente e imparcial es igualmente esencial si los tribunales han de desempeñar su papel de defensores del constitucionalismo y del principio de legalidad».
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