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El secretario general de Junts, Jordi Turull

El secretario general de Junts, Jordi TurullEuropa Press

Tribunales

El Constitucional admite el recurso de Jordi Turull contra la negativa del Supremo a amnistiarle

El ex consejero del Gobierno catalán pide amparo a la Corte de Garantías para rehabilitarse en la primera línea de la actividad política

El Pleno del Constitucional ha admitido a trámite el recurso de amparo de Jordi Turull contra la decisión del Supremo de no amnistiarle. La Corte ha decidido entrar a analizar los autos de fecha 1 de julio y 30 de septiembre de 2024, que dictó la Sala de lo Penal del Alto Tribunal en los que se le denegó la aplicación de la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña al delito de malversación por el que fue condenado a una pena de inhabilitación absoluta para la actividad política.

El TC ha apreciado en la impugnación del ex consejero independentista una «especial trascendencia constitucional», puesto que plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este Tribunal y dado que el asunto suscitado trasciende del caso concreto porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales.

Turull ha alegado la vulneración del principio de legalidad penal (artículo 25.1 de la Constitución) y del derecho a la tutela judicial efectiva (artículo 24.1 de la Constitución).

Y, también, ha solicitado la solicitud de suspensión de la prohibición que pesa sobre él y le impide reincorporarse a la primera línea de la actividad política. Sin embargo, en este punto, el órgano no ha apreciado la urgencia excepcional a la que se refiere el artículo 56.6 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, que justificaría su «adopción inaudita parte» de forma inmotivada.

Por ello , el Pleno sí ha acordado abrir la «oportuna pieza separada» para resolver sobre una medida provisional que levante el veto que le afecta y ha dado tanto a la defensa jurídica de Turull como a la Fiscalía, un plazo de 3 días para que formule las correspondientes alegaciones.

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