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Arrestado por la Policía Nacional

Dos agentes de la Policía Nacional vestidos de paisano en una intervención policial

Interior pagará la ropa que los policías de paisano puedan comprar con 12,75 euros al mes

La Policía Nacional se abre a pagar indemnizaciones por el uso de ropa normal en el trabajo de los agentes

La Dirección General de la Policía Nacional ha decidido, por fin, aplicar una indemnización a los agentes que tengan que trabajar vestidos de paisano. Eso sí, lo que tiene previsto pagar no da para mucho, 153,84 euros al año, 12,75 euros al mes.

Esta ayuda viene recogida en un borrador que la DGPN llevará a la próxima reunión del Consejo de la Policía Nacional que se celebra con los sindicatos. Eso sí, ni aunque se apruebe definitivamente este documento los agentes de policía de paisano tienen asegurado el pago de una parte del vestuario, ya que el documento especifica que se abonará siempre que exista «crédito adecuado y suficiente en la Ley de Presupuestos de cada año».

Es decir, si Marlaska no quiere, igual ni esos 12,75 euros verán los agentes de la Policía Nacional que trabajen en investigación de Policía Judicial, de Información, de Extranjería y de Asuntos Internos, así como los escoltas, que son los que utilizan ropa de paisano.

Lo cierto es que esta indemnización a los policías por el uso de ropa de paisano en su trabajo viene recogida en las leyes españolas al menos desde hace 20 años cuando el Real Decreto 950/2005 de retribuciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado establecía en su artículo 5 que «el personal incluido en el ámbito de aplicación de este real decreto percibirá, cuando así proceda, las indemnizaciones correspondientes por razón de servicio, de residencia y de vestuario, las prestaciones familiares por hijo a cargo y las pensiones de recompensas y de mutilación o invalidez, de acuerdo con las condiciones y cuantías fijadas en sus respectivas normas específicas».

Ocho años más tarde, en 2013, llegó la Orden de Interior 2122/2013 que por fin aprobaba indemnizaciones por razones de vestuario. Eso sí, solo para los escoltas. «Tienen derecho a la percepción de la indemnización de vestuario, los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía que prestan servicio de protección dinámica a personalidades que en atención a la naturaleza del servicio, deban utilizar vestimenta de paisano, generalmente traje y/o americana y corbata, distinta de la que con habitualidad utilizan los miembros del Cuerpo Nacional de Policía que no visten uniformidad», afirmaba el artículo 2 de esa Orden.

Así pues, los agentes de policía que hasta ahora querían recibir algún tipo de indemnización por el uso de ropa de paisano, debían acudir a los tribunales y seguir todo el periplo judicial para que se les reconozca el derecho a percibir, en ocasiones, indemnizaciones superiores a 500 euros.

El Supremo llegó a afirmar que «los funcionarios de la Policía Nacional que prestan servicios en destinos obligatorios de uniforme, eximidos del uso por exigencias reglamentarias, tienen derecho a la compensación económica por razón de vestuario al igual que los policías destinados en servicios de vigilancia dinámica de personalidades».

De ahí que los sindicatos policiales, aunque satisfechos porque por fin se reconozca indemnización a los agentes, consideran esos 153,84 euros una cantidad «insuficiente».

Así, por ejemplo, la siempre terrible comparación con las policías autonómicas deja en evidencia, una vez más, la enorme brecha salarial que separa a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con la Ertzaintza, Mossos d'Esquadra o Policía Foral.

El Decreto Foral 4/2023 del Gobierno de Navarra establece por ejemplo que «las y los miembros de la Policía Foral adscritos a unidades que estén autorizadas a ejercer sus funciones policiales sin vestir el uniforme reglamentario con carácter habitual, tendrán derecho a percibir una indemnización por importe de 900 euros en el primer año de adscripción, provisional o definitiva, a la unidad. El segundo año la indemnización alcanzará la cifra de 700 euros y el tercer año y siguientes, 550 euros».

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