Fundado en 1910
Cristóbal Montoro durante su etapa como diputado en el Congreso

Cristóbal Montoro durante su etapa como diputado en el CongresoEuropa Press

El juez no ve delito en que Montoro recibiese correos con datos fiscales de políticos o personalidades

Por este motivo, rechaza la personación de Rodrigo Rato y de Juan Carlos Monedero en el caso

El juez de Tarragona que investiga una supuesta trama corrupta en Hacienda en la etapa del PP, acusada de modificar leyes para beneficiar a empresas a cambio de dinero, no ve delito en que el exministro Cristóbal Montoro recibiese correos de su equipo con datos fiscales de políticos de distintos partidos.

Así lo sostiene el titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Tarragona en varios autos, del pasado mes de junio, en los que deniega la personación como perjudicados, entre otros, del exministro del PP Rodrigo Rato y del exdirigente de Podemos Juan Carlos Monedero, al concluir que Montoro estaba «plenamente autorizado» y «legitimado» para recibir este tipo de información fiscal.

En una causa que había mantenido en secreto desde 2018, el juez ha imputado a Montoro, ministro de Hacienda entre 2000 y 2004 con José María Aznar y entre 2011 y 2018 con Mariano Rajoy, a ex altos cargos, a los socios del bufete Equipo Económico, que fundó, y a dirigentes de varias empresas fabricantes de gases industriales por los delitos de cohecho, fraude, prevaricación, tráfico de influencias, negociaciones prohibidas, corrupción en los negocios y falsedad documental.

No hay infidelidad en la custodia

Por el contrario, el juez no aprecia que en este caso se hayan producido los delitos de revelación de secretos ni de infidelidad en la custodia de documentos, por lo que rechaza las personaciones de Rato y Monedero, que habían solicitado ejercer la acusación al considerar que habían sido víctimas de la trama, ya que Montoro recibió, de su equipo, correos electrónicos con sus datos fiscales.

El juez detalla que en estos casos se trató de información transmitida por el entonces jefe de gabinete al ministro, por lo que «no existe divulgación a terceros», puesto que los datos no se hicieron públicos, por lo que no aprecia delito.

De hecho, el juez recuerda que la Fiscalía, cuando revisó la documentación de la causa, ya determinó que tanto el contenido como la mera remisión de estos correos no era constitutiva de delito.

Sobre el caso de Monedero, por ejemplo, el juez subraya que de los correos no se puede extraer que se hayan producido actuaciones de inspección «carentes de causa» ni que se hayan «falseado o adulterado» datos que pudiesen afectar a su situación fiscal, sino que únicamente se informó al ministro de las actuaciones que la Agencia Tributaria estaba llevando a cabo sobre el exdirigente de Podemos.

El ministro «puede conocer esos datos»

«Es cierto que algunos de los correos contienen datos muy concretos, si bien, no debe olvidarse que al ministro de Hacienda le corresponde la superior dirección de la Agencia Tributaria (AEAT) y que, por tanto, puede conocer esos datos», remarca el juez.

El juez explica en su auto que, para que hubiese delito, los datos tendrían que ser reservados y las personas que accedieran a ellos no tendrían que estar autorizadas a ello.

En este caso, argumenta, las personas que accedieron o conocieron estos datos fiscales o las actuaciones que hizo la Agencia Tributaria eran el ministro de Hacienda y su jefe de gabinete.

comentarios
tracking

Compartir

Herramientas