Fundado en 1910
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Reunión del CGPJ

Cómo se eligen los miembros del CGPJ y por qué el PSOE quiere mantener el actual sistema

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) –tal y como lo define la Constitución– es «el órgano de gobierno» de los jueces, aunque no forma parte del Poder Judicial. Entre sus funciones destaca la gestión de la administración de Justicia y la elección de los miembros de los tribunales más importantes de nuestro país (como el Supremo, la Audiencia Nacional o los Tribunales Superiores de Justicia).

El organismo está compuesto por veinte miembros, –llamados vocales– que son designados con mayoría de tres quintos por las Cortes Generales. En consecuencia, diez son elegidos por el Congreso, y los otros diez por el Senado, aunque los parlamentarios tienen que escoger a doce de ellos entre nombres que deben ser avalados por las asociaciones judiciales, muchas de las cuales están politizadas. Una vez seleccionados, votan a su presidente, que es a la vez presidente del Tribunal Supremo.

Por ende, la Constitución establece que el CGPJ está formado por veinte vocales, de los cuales doce se eligen «entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales», y los ocho restantes por las Cortes (cuatro el Congreso y cuatro el Senado) «entre abogados y otros juristas». De hecho, la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) de 1980 configuró un órgano de gobierno de los jueces en el que sus doce vocales de procedencia judicial fueron designados por el conjunto de los magistrados españoles, mientras que los ocho restantes correspondían al Parlamento.

En 1985, sin embargo, se inició la politización del Poder Judicial. El Gobierno de Felipe González aprobó una nueva LOPJ que –amparándose en el texto exacto de la Carta Magna– facultaba a los políticos para elegir a todos los miembros del Consejo. Dado que la Constitución utiliza la preposición «entre» y no «por», el PSOE decidió que, de los veinte vocales, diez fueran elegidos por el Senado y otros diez por el Congreso.

Esta decisión fue posteriormente avalada por el Tribunal Constitucional en una sentencia de 1986, que, no obstante, declaró lo siguiente: «Los trabajos parlamentarios, tanto en el seno de la Ponencia como de la Comisión Constitucional, ponen de manifiesto que siempre, y para todos, se entendió que el cupo de miembros del CGPJ procedente de la propia Carrera habría de ser elegido por Jueces y Magistrados», alertando que el cambio podía lesionar «el principio de la división de poderes y los equilibrios y contrapesos»

Desde entonces la postura del PSOE no ha cambiado demasiado. El portavoz de los socialistas en la Cámara Baja, Patxi López, aseguró a principios de esta legislatura que «en cuanto a la forma de elegir al Poder Judicial, a los órganos de gobierno de los jueces, nos parece buena la que existe». López remarcó que «el Poder Judicial también emana del pueblo», aspecto que «se cumple con la legalidad de hoy y con la forma de elegir el CGPJ hoy».

El portavoz del PSOE en el Congreso, Patxi López, durante una rueda de prensa

El portavoz del PSOE en el Congreso, Patxi López, durante una rueda de prensaEuropa Press

Las críticas de Europa

En junio de 2024 el PP y el PSOE –y con la Unión Europea como mediadora– llegaron a un acuerdo para renovar el órgano de gobierno de los jueces, que llevaba con su mandato prorrogado desde 2018. En dicho documento plasmaron una disposición adicional que establecía que el CGPJ debe realizar un informe para que los doce magistrados de procedencia judicial se seleccionen «con la participación de jueces magistrados», tal y como ha exigido la Comisión Europea y el Consejo de Europa a España en reiteradas ocasiones. A pesar de ello, el ministro de Justicia, Félix Bolaños, recalcó a los pocos días que el planteamiento que se haga «no es vinculante».

Igualmente, fuentes ministeriales subrayaron a Europa Press que el lunes 15 de septiembre Bolaños trasladó a la Comisión de Venecia –que ha estado esta semana de visita a en España– que «el sistema español de elección del CGPJ es un modelo con total legitimidad democrática», que garantiza la pluralidad y la independencia judicial. El ministro pretextó que el actual sistema permite que la carrera judicial participe en la elección de los doce vocales judiciales porque los selecciona el Parlamento de una lista propuesta por las asociaciones de jueces.

«El Juez o Magistrado que desee presentar su candidatura podrá elegir entre aportar el aval de veinticinco miembros de la carrera judicial en servicio activo o el aval de una Asociación judicial legalmente constituida en el momento en que se decrete la apertura del plazo de presentación de candidaturas», señala la legislación vigente.

Por su parte, tal y como informó este periódico en primicia, el en febrero diez de los vocales del CGPJ firmaron una propuesta legal para despolitizar su elección, y que sean los jueces y magistrados quienes determinen los miembros de su órgano de gobierno: «A la vista de los Informes de la Comisión Europea sobre el Estado de Derecho en España», en los que se ha venido reiterando, «una y otra vez los mismos mejores estándares y su incumplimiento por España, no queda resquicio alguno para la duda acerca de que (...) la propuesta que se presente por el Consejo General del Poder Judicial debe contemplar que, al menos la mitad de los vocales» de los futuros Plenos «deben ser jueces elegidos por sus pares, sin intervención del Parlamento, ni del Ejecutivo en ninguna fase del proceso de selección».

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