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El TC celebra su primer Pleno jurisdiccional tras la XIV renovación

El TC celebra su primer Pleno jurisdiccional tras la XIV renovaciónJorge Ruiz

Tribunales

El Constitucional rechaza apartar a 4 magistrados de los recursos de Puigdemont contra la decisión de no amnistiarle

Por unanimidad del Pleno se han inadmitido todas las causas de recusación planteadas contra el presidente Cándido Conde-Pumpido, Concepción Espejel, Enrique Arnaldo y José María Macías

Será el Pleno de doce magistrados del Constitucional (TC) el que resuelva sobre los recursos de amparo presentados tanto por Carles Puigdemont, como por varios de sus ex consejeros, contra la decisión de la Sala Segunda del Supremo de no amnistiarles por el delito de malversación del 1-O. Así lo ha decidido el propio órgano de garantías, por unanimidad, tras rechazar, este martes, las recusaciones planteadas por el líder de Junts y prófugo de la Justicia contra el presidente de la Corte Cándido Conde-Pumpido y los magistrados Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y José María Macías, considerados del bloque profesional.

Tal y como ha podido confirmar El Debate, el cónclave del TC ha desestimado por unanimidad la recusación planteada por la Abogacía del Estado contra el magistrado conservador José María Macías; la de Vox, contra el presidente del TC, el magistrado progresista Cándido Conde-Pumpido; y, las dirigidas por el propio Puigdemont y el ex consejero Antoni Comín contra Macías y los también magistrados Arnaldo y Espejel.

La Abogacía del Estado interesó apartar a Macías de las deliberaciones sobre estos recursos de amparo por haberse pronunciado en contra de la ley de amnistía en textos oficiales cuando era vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Y, cabe recordar que éste fue el mismo argumento que sí sirvió para orillarle, a petición extemporánea de la Fiscalía, de las deliberaciones que se llevaron a cabo sobre el encaje legal de la amnistía.

Sin embargo, en este caso se han descartado las tachas enarboladas contra Macías porque, de acuerdo con algunas fuentes próximas al Tribunal, una cosa es el control abstracto sobre la constitucionalidad de una norma y otra diferente es, una vez validada, su aplicación al caso concreto, que es lo que está pendientes de estudiarse en los amparos.

Por su parte, Puigdemont y Comín recusaron a Macías por motivos similares a los esgrimidos por la Abogacía del Estado, mientras que a Arnaldo y Espejel les afearon su «estrecha relación con el PP». Además, recriminaron a Arnaldo que en un reciente libro mostrara su «animadversión» hacia el ex presidente catalán y, a la magistrada, su voto particular contra la absolución en 2020 del mayor de los Mossos D'Equadra Josep Lluís Trapero por el 1-O.

El dilema de las medidas cautelares

Estaba previsto que en el Pleno anterior, celebrado la semana pasada, los magistrados admitieran a trámite los recursos de amparo registrados por Puigdemont, Comín y el también ex consejero Lluís Puig.

Sin embargo, las recusaciones efectuadas por Puigdemont y Comín contra Macías, Arnaldo y Espejel obligaron, tal y como publicó El Debate, a retrasar la admisión para ventilar antes las recusaciones, que finalmente se han acumulado todas en un mismo Pleno para poder avanzar en los procedimientos de amparo.

Los recursos de amparo presentados por Junqueras y los ex consejeros Raül Romeva y Dolors Bassa ya fueron admitidos a trámite el pasado febrero, mismo curso que siguió el del también ex consejero Jordi Turull en abril. Como medida cautelar, reclamaban que se les levantara la pena de inhabilitación que se les impuso por el 'procés'. En la misma línea, Puigdemont ha pedido que se le retire cautelarmente la orden de detención nacional que pesa en su contra.

Las citadas fuentes han señalado respecto a ambas peticiones cautelares que, aunque es frecuente que se soliciten, es «rarísimo» que se concedan y prevén que los casos de Junqueras y Puigdemont no serán una excepción, por lo que tendrán que esperar a la decisión de fondo sobre sus recursos de amparo.

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