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Un okupa enfrentándose a la Policía en Barcelona

Un okupa enfrentándose a la Policía en BarcelonaEFE

El PP aprobará en el Senado cambiar el Código Penal para que sea legal cortar los suministros a los okupas

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado ha presentado una proposición de ley para cambiar el Código Penal y que sea legal que el dueño de un inmueble okupado pueda cortar los suministros de la vivienda. De esta forma, el próximo miércoles la formación que encabeza Alberto Núñez Feijóo hará valer su mayoría absoluta en la Cámara Alta para sacar adelante esta iniciativa.

El escrito de los 'populares', al que ha tenido acceso El Debate, indica que «la ocupación de un inmueble supone una agresión ilegítima a los derechos del propietario, al que, de forma indebida e injusta, se le priva de la posesión del bien del que es titular». «Si se produce el hecho de que la vivienda pase a ser domicilio de los okupas, aunque el título por el que ocupan el inmueble sea ilegítimo, privarles de servicios esenciales se consideraba hasta ahora que podría atentar contra sus derechos fundamentales, calificándose como delito de coacciones», se añade.

El texto parlamentario también recoge que «el 7 de marzo de 2025, los magistrados de la Audiencia Provincial de Barcelona se reunieron para unificar criterios en casos de allanamiento de morada y usurpación de inmuebles», y que «en esta reunión, los jueces avalaron que los propietarios pueden cortar los suministros a los okupas sin que esto se considere un delito de coacciones».

Igualmente, relata que «actualmente, la tipificación del delito de coacciones se contempla en el artículo 172 del Código Penal, aprobado por LO 10/1995, de 23 de noviembre, en su apartado 1º el delito y en el apartado 3º el delito menor (antigua falta), pudiendo cometerse mediante fuerza en las cosas, supuesto que, hasta ahora, comprende el corte de suministro de luz o agua, si no se está legítimamente autorizado para el corte».

«Si bien es cierto que se trata de una decisión que aplicarán los jueces en Barcelona, en el sector inmobiliario ha sido valorada muy positivamente y considerada de sentido común, porque la privación injusta de la propiedad no puede tener aneja la obligación de que la víctima tenga que mantener, a su costa, al usurpador. Tal es así que muy probablemente estas decisiones también se adopten en las juntas de jueces de otras provincias, lo que finalmente llegará al Tribunal Supremo por vía de recurso, por lo que se acabará unificando doctrina», se agrega.

Por ende, el PP propone modificar el artículo 172.1 del Código Penal, y que pase a señalar en un para que «la interrupción de suministros de una finca ocupada ilegalmente en ningún caso puede ser considerada delito de coacciones».

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