Varios inmigrantes ilegales magrebíes, a bordo de una patrullera de la Guardia Civil
«Podrán tener la residencia personas con un historial de treinta o cuarenta detenciones»
Fuentes judiciales y policiales advierten de que el decreto de regularización de 500.000 inmigrantes no garantiza la seguridad ciudadana
El decretazo del Gobierno, acordado con Podemos para otorgar la residencia a 500.000 inmigrantes –sin contar a sus familias– no fue detallado ni por la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz ni por los miembros de Podemos como Ione Belarra.
Uno de los temas más espinosos son los antecedentes penales de los solicitantes. Estos se exigen, como ha ocurrido siempre, aunque ahora se abre la opción a la cancelación o borrado de los mismos.
Sin embargo, lo que preocupa a y policías y que no se menciona en el texto son los antecedentes policiales. La diferencia entre los antecedentes penales y policiales es que los primeros requieren una condena judicial firme, mientras que los segundos son registros de detenciones.
«Es un concepto normativo que se refiere a condenas judiciales. Desde la primera detención hasta la primera sentencia condenatoria puede haber un historial de 30 o 40 detenciones. Ninguna de esas detenciones sería obstáculos para la regularización que promueve el decreto», señalan fuentes judiciales.
«Años en pronunciar una sentencia firme»
Estas puntualizan que «la situación es bien distinta» respecto a aquellos casos en que personas extranjeras que han entrado legalmente en España solicitan un permiso de residencia. Con el decretazo, «se trata es de regularizar a personas cuya estancia en España se ha producido en virtud de una irregularidad administrativa que implica una estancia ilegal. El Estado en este caso lo que hace no es preguntar a la Policía cuáles son los antecedentes de detenciones para otorgar o no esa regularización. Se lo pregunta a los Tribunales de Justicia que, por definición, tardan años en pronunciar una sentencia firme».
Así, «la regularización pretendida da cobertura a convertir en legal estancias de inmigrantes con un alto historial de detenciones policiales que han podido contribuir a esa percepción tan extendida de inseguridad ciudadana».
David Gutiérrez, portavoz de la Confederación Española de Policía (CEP) señala a El Debate que cuando hacen controles en la calle por prevención, para comprobar si un ciudadano tiene orden de búsqueda por un juzgado o por un grupo de investigación se usan los antecedentes policiales. Se descartan «los antecedentes penales porque muchas personas tardan años en pasar a disposición judicial y en ese periodo puede no haber condena judicial y, sin embargo, sí varias detenciones por un hecho delictivo».
Gutiérrez recuerda también la dificultad añadida que tiene, para una eventual expulsión, el hecho de que una persona en lugar de estar en una situación irregular, tenga la residencia. Sobre todo, en el caso de delitos que se están sobredimensionando actualmente como las agresiones sexuales.
El sindicato de Policía Jupol se manifestó esta semana en la misma dirección: «Desde un punto de vista estrictamente policial, preocupa especialmente el criterio basado casi exclusivamente en la carencia de antecedentes penales firmes. En la práctica, una persona que haya sido detenida recientemente por hechos graves puede no contar todavía con antecedentes, debido a los plazos judiciales y a que muchos procedimientos tardan meses, e incluso años, en resolverse. La ausencia de antecedentes en un momento determinado no equivale necesariamente a la inexistencia de conductas delictivas previas o en investigación», señalaron en un comunicado.
«Verificar antecedentes reales»
También el Sindicato Unificado de Policía (SUP) denunció «la irresponsabilidad de la regularización masiva» y advirtieron de que este decreto «sin planificación ni medios, es una temeridad que pone en riesgo la seguridad ciudadana». ¿Uno de los motivos? Los ya esgrimidos: «No hay medios para verificar identidades ni antecedentes reales».