Fachada del Tribunal Supremo, en una imagen de archivo
El Supremo sanciona con 2.000 euros a una jueza por insultar a sus compañeros: «Inútil», «retrasado», «lo voy a hundir»
La sentencia incide en que también «humilló públicamente delante de sus compañeros» a uno de los funcionarios, al que también le dirigía comentarios «de carácter sexual»
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado una multa de 2.000 a una jueza de Nules (Castellón) por insultar a sus compañeros de trabajo. «Gilip*****», «vagos», «retrasado» o «carap****» fueron algunos de los improperios dirigidos, acompañados de comentarios sexuales como «¿a ti se te levanta?»
Los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo han desestimado el recurso de la jueza contra una resolución del Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que, del mismo modo, rechazaba otro recurso de la acusada contra un acuerdo adoptado por la Comisión Disciplinaria del CGPJ que decretaba la sanción.
La sentencia del Supremo menciona que en los hechos probados de la Comisión Disciplinaria, la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 4 de Nules entre octubre de 2020 y noviembre de 2022 se dirigió a distintos integrantes de la oficina de manera «desconsiderada». «De forma reiterada» se refería a ellos con insultos en conversaciones privadas y, según el Alto Tribunal, citó a varios trabajadores en su despacho —en una ocasión— y empleó expresiones como «aquí van a rodar cabezas» o «yo no soy vuestra amiga». En referencia a la letrada de la Administración de Justicia, se dirigió a ella con frases como «la directora tiene la piel muy fina», «no sirve para limpiar la mierda de mi culo» o «me río con mis amigos jueces de ella», según el relato.
Comentarios «de carácter sexual»
La sentencia incide en que también «humilló públicamente delante de sus compañeros» a uno de los funcionarios lanzando la frase «no vales nada». También le dirigía comentarios «de carácter sexual» tales como «tiene un buen polvo» o «esa chiva no te conviene» —en referencia a su novia—.
Otras expresiones denigrantes fueron escuchadas «por todos los allí presentes, tanto funcionarios como público presente en ese instante en tales dependencias». «Inútil», «inepto», «incompetente» o «lo voy a hundir» fueron algunas de ellas. Durante una guardia, asimismo, le expresó a un detenido su deseo de que fuera condenado tras acogerse a su derecho de no declarar.
«Falta de motivación probatoria y fáctica» fue lo que alegó la magistrada de la resolución de la Comisión Disciplinaria, sobre la que su representación legal adujo que se refería en términos genéricos a una «valoración conjunta» de la prueba sin establecer si ésta era directa o indiciaria, entre otros motivos.
El TS concluye que la resolución del CGPJ «contiene suficiente motivación, sin que esta desaparezca por el hecho de que proceda a la valoración conjunta de la prueba practicada y que acredita los hechos imputados y declarados probados».
«Una cosa es la falta de motivación y cosa bien distinta es que el destinatario del acto administrativo de que se trate disienta o no comparta las argumentaciones consignadas en el mismo como fundamento de lo que en él se acuerda, decide o dispone, que es lo que realmente acontece en el caso que nos ocupa», argumenta.
Sobre las fuentes probatorias, el alto tribunal recuerda que un total de ocho funcionarios del juzgado pusieron en conocimiento de las autoridades el comportamiento y la actitud de la magistrada.
Los magistrados también avalan la decisión de la Comisión Disciplinaria de concretar en Los magistrados también avalan la decisión de la Comisión Disciplinaria de concretar en 2.000 euros la sanción, asegurando que en su resolución se justifica «de manera extensa y acertada» la misma. la sanción, asegurando que en su resolución se justifica «de manera extensa y acertada» la misma.