La presidenta del Congreso de los Diputados, Francina Armengol, y el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante la clausura del acto institucional para conmemorar el 40 aniversario de la Ley General de Sanidad, en el Ministerio de Sanidad, a 20 de abril de 2026, en Madrid
Sánchez paga un extra a los funcionarios por los permisos de los ilegales y envía a la cola a los pensionistas
El Gobierno habilita las oficinas que normalmente funcionan para trámites como la jubilación o la solicitud de incapacidad para atender las solicitudes de residencia
Los empleados públicos recibirán gratificaciones por las nuevas gestiones del proceso regulatorio
Los funcionarios de la Seguridad Social que gestionen los papeles de autorización de residencia de los inmigrantes ilegales recibirán gratificaciones. Además, para hacer frente al proceso regulatorio, se ampliará el horario de atención –reservado inicialmente para trámites como la jubilación o las peticiones de incapacidad, entre muchos otros– de manera que la gestión de la regularización también pueda hacerse por la tarde.
Así figura en la resolución por la que se publica el acuerdo de encomienda de gestión de la Secretaría de Estado de Migraciones a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones; el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), la Tesorería General de la Seguridad Social y la Gerencia de Informática de la Seguridad Social para la recepción de solicitudes de autorización de residencia.
El texto de la encomienda se ha aprobado expresamente para la gestión del proceso de regularización de inmigrantes ilegales puesto en marcha por el Gobierno de Sánchez y que se aprobó a través de real decreto el pasado martes en Consejo de Ministros. El decreto cambió respecto al original tras las críticas del Consejo de Estado, máximo órgano consultivo del Gobierno, que en un duro dictamen señalaba que no basta una declaración responsable para acreditar antecedentes penales, entre otras críticas.
Gastos derivados de la regularización
El texto de la encomienda del Gobierno señala en su apartado de financiación que, «sin perjuicio de su imputación inicial al presupuesto de la Seguridad Social, se dotará, desde la Secretaría de Estado de Migraciones, mediante las modificaciones presupuestarias que sean precisas, el crédito correspondiente a los gastos extraordinarios que se generen al Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, la Gerencia de Informática de la Seguridad Social y al resto de entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social adscritos al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, derivados de las actuaciones que deban realizar para la aplicación de lo previsto en el Real Decreto 316/2026, de 14 de abril (...) y de este acuerdo de encomienda de gestión».
Entre esos gastos mencionados en el texto legal se incluyen las «gratificaciones del personal funcionario que participe en el proceso, las oficinas (coordinadores, responsables, personal de soporte informático y resto de personal participante), así como por las horas para la preparación y de formación que reciban con carácter previo al inicio de sus actuaciones».
Otra de las novedades que introduce el texto de la encomienda es que los horarios de atención de las oficinas se amplían. Sin embargo, será exclusivamente para el trámite de solicitud de residencia y en los plazos en que se abre la solicitud presencial, es decir, desde este lunes 20 de abril hasta la fecha en que termina el plazo de presentación de solicitudes, el próximo 30 de junio de 2026.
Horario de tarde para los irregulares
Así, la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social se comprometen a «permitir el uso de las oficinas de dichos organismos que a estos efectos se habiliten para la recepción de solicitudes en jornada de tarde, en horario de 16 a 19 horas de lunes a viernes, entre el 20 de abril y el 30 de junio de 2026».
El texto señala que las nuevas obligaciones de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, el INSS y la Tesorería General de la Seguridad Social incluyen permitir el uso de las oficinas para la ampliación horaria; promover la prestación del servicio por parte de un número adecuado de funcionarios públicos (...) en función de la voluntariedad de aquellos y de las posibilidades de apertura de centros a nivel provincial.
Además, se detalla que las funciones a realizar por el personal de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social relacionadas con la presentación de solicitudes presenciales consistirán en asistir en el uso de medios electrónicos, devolver los documentos aportados, una vez digitalizados, y entregar el recibo que acredite la fecha y hora de presentación de la solicitud.
Todo ello velando por que no se vea afectado el normal funcionamiento de las oficinas. «Las actuaciones (...) se desarrollarán de manera que no resulte afectada la gestión ordinaria de las competencias y funciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de la Tesorería General de la Seguridad Social».