Fundado en 1910
zp

El expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero, en un mitin en Cádiz (Andalucía, España)Europa Press

CASO PLUS ULTRA

La SEPI pagó con dinero público un despacho por 200.000 euros para vigilar el riesgo penal de sus operaciones

La Sociedad Estatal de Participaciones Industriales contrató al bufete Écija para realizar controles anticorrupción de su fundación y sus sociedades mercantiles

La Sociedad Estatal de Participaciones Industriales, más conocida como SEPI, contrató por más de 200.000 euros al bufete Écija para revisar el riesgo penal de las actividades de sus empresas públicas y realizar también controles anticorrupción.

Concretamente, la SEPI le encomendó previa adjudicación al bufete Ecija Abogados una serie de servicios vinculados con la identificación, análisis y evaluación de riesgos penales; elaboración de manuales y formación en materia de prevención de delitos que incluyen hasta clases presenciales.

También se le solicita, de acuerdo al pliego del contrato, el desarrollo de una política anticorrupción, «entendida como la norma interna en la que se definen en detalle los delitos relacionados con la corrupción y se regulan, al menos, los obsequios, las invitaciones a comidas y eventos, los conflictos de interés, las aportaciones a entidades sin ánimo de lucro y la pertenencia a asociaciones o fundaciones».

La SEPI está en el ojo de la tormenta actualmente por haber sido el medio usado para el rescate de la compañía Plus Ultra por parte del Gobierno. El expresidenta José Luis Rodríguez Zapatero ha sido imputado este martes como presunto líder de «una estructura estable y jerarquizada de tráfico de influencias» con el fin de obtener «beneficios económicos mediante la intermediación y el ejercicio de influencias ante instancias públicas en favor de terceros, principalmente Plus Ultra».

Los servicios para evaluación de riesgos penales y de control anticorrupción prestados por el bufete están destinados para la fundación SEPI, así como para las sociedades mercantiles del Grupo SEPI. ¿Cuáles son? Enusa Industrias Avanzadas; SEPI Desarrollo Empresarial (Sepides); Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (Saeca); Cofivacasa; Agencia EFE y el Hipódromo de la Zarzuela.

Una contratación marcada por errores

El proceso de adjudicación del contrato a Écija no estuvo exento de problemas. En primer lugar, se aceptó la propuesta de todas las empresas presentadas: Broseta Compliance; Deloitte Abogados y Asesores Tributarios; Écija Legal; KPMG Abogados; Santiago Mediano Abogados y Vaciero. Ello, pese a que la empresa finalmente elegida, Écija, no presentó en una primera instancia toda la documentación requerida -se le tuvo que pedir que lo hiciera en un plazo limitado-.

Después de este primer obstáculo, tocaba en una segunda sesión la valoración de criterios basados en juicios de valor, también llamados criterios subjetivos. Sin embargo, todas las memorias de las empresas presentadas al concurso tenían un error. ¿Cuál? Incluyeron en la parte técnica de su oferta un dato que no debían poner: el plazo propuesto para la ejecución de los trabajos en el que revelaban el criterio de reducción de plazos. Este dato debía evaluarse más adelante con una fórmula matemática, no en la parte que se valoraba los criterios basados en juicios de valor.

¿Por qué es relevante? Porque si la SEPI conoce antes de tiempo un dato que debería evaluarse después, puede afectar a la objetividad, imparcialidad e igualdad de trato entre licitadores.

«Infracción no subsanable»

Aunque este tipo de errores llevan a la exclusión de las empresas, SEPI señaló que el problema era también de los pliegos del concurso por no ser suficientemente claros. Por lo tanto, se decide desistir del procedimiento, es decir, cancelar el concurso. «Habría sido muy deseable que los pliegos hubiesen sido más precisos en el contenido de los sobres, señalando con mayor exhaustividad la documentación a incorporar en cada uno de ellos. Esta falta de precisión es susceptible de ser calificada como una infracción no subsanable en la preparación del contrato y, por ende, objeto de desistimiento», señala el documento que recoge la segunda acta de la mesa de contratación de la SEPI.

Además del desistimiento, se decide empezar un nuevo expediente de contratación, pero redactando mejor los documentos. En el nuevo procedimiento se presentan algunas de las empresas del procedimiento anterior —Écija, Broseta Compliance, Deloitte Abogados y Asesores Tributarios— y otras nuevas —Cuatrecasas; Bufete Barrilero y Asociados y BDO Abogados y Asesores Tributarios— y se termina escogiendo a Écija por sacar la nota más alta, según el documento que recoge la tercera acta de la mesa de contratación de la SEPI. La adjudicación se hizo por 212.500 euros.

La contratación de un bufete de este tipo llama la atención de expertos en la materia que no entienden por qué no se recurrió a los servicios que ya tiene la SEPI por ser entidad pública como son los que provée la Abogacía del Estado.

Identificación de riesgos penales

El servicio a prestar por Écija para la SEPI se divide en dos fases. Una primera que incluye reuniones para establecer directrices sobre una metodología dirigida a identificar, analizar y evaluar los riesgos penales.

Para lo primero, es decir, la identificación de riesgos penales, «se deberán analizar aspectos tales como las actividades desarrolladas por la entidad, el mercado en el que actúa, la normativa que le es de aplicación o su estructura organizativa», señala la citada memoria.

Para la evaluación de riesgos penales, «se deberá estudiar el entorno de control general de la entidad, analizando las distintas políticas, protocolos y procedimientos que mitigan los riesgos penales identificados, junto con los controles reportados por los entrevistados».

Además de la citada metodología, se requiere también el establecimiento de una estructura de las matrices de riesgos penales y controles; las particularidades que puedan presentar determinados riesgos penales en lo referente a su identificación y las conductas que pueden dar lugar a su materialización. También se le solicita al bufete el desarrollo de una estructura y contenido de los distintos documentos que conforman un sistema de cumplimiento penal.

Esta última estructura incluye el desarrollo de una política de cumplimiento, un manual de prevención de delitos, una política anticorrupción, un reglamento interno del órgano de cumplimiento y un plan de supervisión y seguimiento de riesgos penales y controles.

Clases sobre los cinco riesgos penales más relevantes

Por último, también como parte de la primera fase, se señala que el contenido de las formaciones en materia de prevención de delitos deberá incluir, entre otras cuestiones, el desarrollo de «delitos que pueden generar responsabilidad penal para las personas jurídicas: breve descripción de los cinco riesgos penales más relevantes en la entidad del grupo, incluyendo los delitos relacionados con la corrupción».

La segunda fase «comprende el desarrollo de los trabajos concretos contratados para cada entidad del grupo» y deberá ejecutarse en base a las directrices generales definidas en la primera fase y atendiendo a las particularidades de cada una de las entidades. «Las reuniones o entrevistas que sean necesarias para el correcto desarrollo de estos trabajos tendrán lugar en la sede social de cada entidad, sin perjuicio de que SEPI pueda participar en este trabajo bilateral con cada entidad sin esperar al entregable final», concluye el pliego de prescripciones técnicas.

comentarios
tracking

Compartir

Herramientas